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Topics >> by >> qu_se_necesita_para_viajar |
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¿Qué Se Precisa Para Viajar A EspañA Desde Venezuela?¿Qué necesito para viajar a España desde Venezuela?, ¿qué requisitos necesito cumplir a fin de que no me rechacen la entrada?Como ya sabemos, cualquier extranjero que quiera entrar a España debe acreditar el cumplimiento de unos requisitos, los que deberán demostrarse de forma previa, en el Consulado de España del país de origen (si el extranjero fuera nacionalidad de uno de los países a los que se les exige , o, deberá justificar el cumplimiento de exactamente los mismos en frontera, es decir, en el instante de entrar al país, si por el contrario, el extranjero fuese nacional de alguno de los países a los que no se les exige visado para entrar. En el caso de los ciudadanos venezolanos, no se les demanda visa para viajar a nuestro país, pero, ¿cuáles son los requisitos que van a deber acreditar en frontera a fin de que no nos denieguen la entrada? ¡Toma nota! 1- Contar con un pasaporte válido o bien título de viaje. El documento debe ser válido hasta tres meses tras la data prevista de salida del territorio de los Estados Miembros y va a deber haber sido expedido en los diez años precedentes. 2- Contar con un billete de ida y de vuelta. Es esencial saber que la estancia legal permitida en España, cuando se viene en calidad de turista, es de noventa días, transcurridos los cuales, si el extranjero permanece en España, sin haber logrado una prórroga o sin contar con una autorización de residencia, lo haría en situación irregular, lo cual supone una infracción de nuestra normativa de Extranjería . ¡No deseamos que esto ocurra! por lo que el funcionario que realice el control en frontera deseará revisar la intención de retorno del visitante. 3- Llevar consigo documentos que acrediten el objeto y condiciones del viaje. ¿qué podemos llevar? -Tratándose de un viaje turístico: *Documento justificativo del establecimiento de hospedaje (reservas de hotel) o bien de un particular, si se hospeda en su domicilio, expedida por la Comisaría de Policía pertinente a su lugar de residencia. (Es esencial saber que, en ningún caso, la carta de invitación reemplazará la acreditación por el extranjero del resto requisitos demandados para la entrada). *Confirmación de la reserva de un viaje organizado, con el recorrido. cita previa nie extranjeros *Circuito turístico: entradas en museos, guías turísticos y visitas contratadas, rutas de viajes organizadas…etc. – Cuando el viaje es de carácter profesional, político, científico, deportivo o religioso o por otros motivos, se va a poder exigir la presentación de alguno de estos documentos: *La invitación de una compañía o de una autoridad para participar en reuniones, convenciones, etc., de carácter comercial, industrial, etc. *Documento que acredite la existencia de relaciones comerciales, industriales, etc. *Tarjetas de acceso a ferias, congresos, convenciones, etc. *Invitaciones, tarjetas de entrada, reservas o bien programas con indicación, en lo posible, del nombre del organismo que invita y la duración de la estancia o cualquier otro documento que indique el propósito de la visita. -Cuando la finalidad es efectuar estudios o bien otro género de capacitación, se va a poder aportar: *Documento de matrícula de un centro de enseñanza para participar en cursos teóricos y prácticos de capacitación. *Certificados relativos a los cursos seguidos. 4- Acreditar, por parte del interesado, la predisposición de medios de tipo económico suficientes que garanticen el sustento y manutención del mismo a lo largo del periodo de estancia en este país. La cantidad deberá lograr una cantidad que represente (en euros), el 10 por cien del SMI bruto (70,77 euros), o su equivalente legal en moneda extranjero multiplicada por le número de días que pretenda continuar en España y por el número de personas que viajen a su cargo. La cantidad ha de ser de un mínimo que represente el noventa por cien del SMI salvaje (636,93 euros) o su equivalente legal en moneda extranjera por persona, con independencia del tiempo de estancia previsto. Respecto a la manera de acreditar la predisposición de tales medios de tipo económico, va a poder hacerse en efectivo, a través de la presentación de cheques certificados, cheques de viaje, cartas de pago o bien tarjetas de crédito, en tal caso deberán venir acompañados de un extracto de la cuenta bancaria o bien libreta bancaria puesta al día. (Tenga presente que no se admiten cartas de entidades bancarias ni extractos bancarios de internet). En caso de no disponer de ninguno de estos medios de prueba, va a poder utilizarse cualquier que permita acreditar fidedignamente la cantidad libre en la tarjeta o cuenta corriente en cuestión. (Fundamental saber que será el propio interesado, el extranjero que quiera viajar a España, quien deba acreditar la predisposición de medios suficientes, aún cuando viniera con carta de invitación) 5- Contar con un seguro médico que garantice la asistencia sanitaria del extranjero durante el periodo de estancia en España. Puede aportarse cualquier seguro médico que garantice la asistencia en el extranjero, o bien aun, los seguros que ofertan las propias aerolíneas al comprar los billetes. En cualquier caso, el seguro debe cubrir gastos de asistencia médica de urgencias, atención hospitalaria, repatriación…con una cobertura mínima de treinta euros. 6- Extraordinariamente, presentación de los certificados médicos demandados por el Ministerio del Interior, conforme con los Ministerios de Sanidad y Consumo y de Trabajo y también Inmigración, o bien en aplicación de la normativa de la UE. La demanda de estos certificados va a ser difundida, en lo posible, con suficiente antelación. ¡Nahir, nos lo explica en el próximo video! Recordamos que estos requisitos debemos acreditarlos cuando el extranjero viene en calidad de turista. Si por contra vienen con la pretensión de residir, deberán efectuar la entrada con un visado de vivienda, o residencia y trabajo, o visado de estudiante (conforme el caso), el que tendrá que haber obtenido previamente a través del Consulado español en Venezuela. Si el extranjero que viene a radicar es familiar de un ciudadano comunitario, el cumplimiento de los requisitos asimismo se controlarán en frontera (sin precisar visado), pero la documentación a aportar será diferente. (Para más información ). Una vez en España, se solicitará la correspondiente en la Oficina de Extranjería que corresponda. Coste del servicio 1,21 €/min fijo, uno con cincuenta y siete €/min móvil. +18 años impuestos incluidos. Responsable del Servicio Vicente Marín – Letrado Colg cuatro mil novecientos cincuenta y cuatro ICAGR Avenida Fernando de los Ríos once, Portal cinco, Oficina veintidos. dieciocho mil cien Armilla – Granada |
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