Trámites De Extranjería En MadridTramitación de gestiones en materia de Extranjería, obtención de permisos de trabajo y petición de Nacionalidad EspañolaA través de la Gestoría FGM, damos cobertura a cualquier trámite de extranjería que necesite. Tarjeta Comunitaria de vivienda y trabajo para Familiar de Ciudadano UE Presentación telemática de permiso de residencia y trabajo de larga duración. Ley de Emprendedores Ley 14/2013 Renovación desde la Sede Electrónica del Permiso de Trabajo de Profesionales enormemente cualificados Autorización de vivienda de larga duración evidentemente general de cinco años de residencia continuada en España, conforme el artículo mil cuatrocientos ochenta y uno del real decreto 557/2011. Autorizacion de Vivienda para busca de empleo Renovación Vivienda o estancia por estudios Renovaciones de la autorización de residencia temporal y de trabajo por cuenta propia y ajena. Renovación de la autorización de residencia no lucrativa, por reagrupación familiar y de investigadores. Confección y tramitación on-line y telemática de la Nacionalidad De España por vivienda y demás supuestos. Visado de estudios en España Todas estas gestiones se efectúan por sistema implantado en la sede electrónica de la Segregaría de Estado de Administraciones Públicas de tramitación telemática de expedientes. Les recordamos que la Ley de Extranjería en su articulado nos habla de las formas y opciones para la renovación y obtención del permiso de Residencia y de trabajo. Tipos de Permiso de trabajo por cuenta extraña y por cuenta propia: - Inicial, regulado en los artículos seiscientos treinta y uno y seiscientos treinta y cinco del reglamento, establece una duración de un año, admitiendo restricción para una ocupación determinada y un campo geográfico determinado.
- Renovado, el permiso de trabajo por cuenta ajena renovado, tiene una duración de dos años, dejando realizar cualquier actividad en toda España (Artículo setenta y dos del Reglamento de Extranjería).
- 2ª Renovación, también por otros un par de años y dejaría efectuar cualquier actividad en todo el territorio De España.
- Larga duración (LD-CE), esta renovación de larga duración ya es por 5 años y autoriza a residir en España de forma indefinida.
Otros géneros de permisos de vivienda y trabajo: Duración determinada, de temporada o bien campaña (9 meses de duración), de obra o bien servicio (Máximo de un año con opción a prórroga), temporal (doce meses de duración con posibilidad de prorrogarse), para capacitación y prácticas profesionales (1 año de duración y opción a prórroga). Especiales, multinacionales, cualificados, atletas profesionales, trabajadores enrolados en buques, transfronterizos, autorizaciones puntuales para trabajar, trabajadores excluidos, trabajo de los extranjeros penados, militares profesionales.
Duración determinada, de temporada o campaña (9 meses de duración), de obra o servicio (Máximo de un año con opción a prórroga), temporal (doce meses de duración con posibilidad de prorrogarse), para capacitación y prácticas profesionales (1 año de duración y opción a prórroga). Especiales, transnacionales, cualificados, deportistas profesionales, trabajadores enrolados en navíos, transfronterizos, autorizaciones puntuales para trabajar, trabajadores excluidos, trabajo de los extranjeros penados, militares profesionales.
Renovación del permiso de trabajo y residencia (Artículo 71.2 del Reglamento de extranjería).Plazo para la renovación del permiso de trabajo: - El plazo es de 60 días naturales previos a la finalización del mismo. Presentada la petición de renovación, prorrogará la valía del mismo hasta la resolución de la petición de prórroga.
- También podrá presentarse la renovación a lo largo de los 90 días posteriores a la expiración, en un caso así puede abrirse un expediente sancionador por pedir la no renovación en el plazo de los sesenta días previos.
Forma de presentación de la renovación: - Forma presencial.
- A través de Internet, mediante la presentación telemática.
Requisitos: - Continuidad de la relación laboral que dio origen al permiso de trabajo. abogado extranjeria fuenlabrada
- Acreditar la realización frecuente de la actividad para la que se concedió la autorización a lo largo de un mínimo de 6 meses por año y haya suscrito un nuevo contrato de trabajo que reúna los requisitos del artículo sesenta y cuatro del Reglamento de extranjería.
- Acreditar un período mínimo de tres meses por año, siempre que la relación laboral cuya renovación se pretende se interrumpiese por causas ajenas a su voluntad y que haya buscado activamente empleo y que en el momento de pedir la renovación tenga un contrato de trabajo en vigor.
- Supuestos de exención de contrato de trabajo o suspensión de la relación laboral violencia sexista.
- Acreditación de alta en la seguridad social de 9 meses en un período de doce meses o bien de 18 meses de alta en periodo de 24 meses. Buscando activamente empleo y finalizando la última relación laboral por causas ajenas a su voluntad.
- Causas del artículo 72.1 f del reglamento de extranjería.
- Ser perceptor de una prestación contributiva de desempleo.
- Ser beneficiario de una prestación económica asistencial de carácter pública.
- Acreditar la escolarización de los menores.
Tipos de solicitudes - Inicio de la petición en el País de Origen.
- Inicio en España, a través de el presunto de arraigo social.
En la actualidad, para poder solicitar el permiso de vivienda y trabajo se deben cumplir unas condiciones previas exigidas por la Ley de extranjería y su Reglamento como son: - Comparecencia personal del empresario como único legitimado en la solicitud en los registros habilitados al efecto
- Verificación de la Situación Nacional de Empleo (SNE). Sólo se superará este filtro para otorgar autorizaciones de trabajo en las próximas circunstancias:
- a) Supuestos del Artículo cuarenta de la Ley de extranjería, donde se regulan los puestos de confianza.
- b) Figurar en el Catálogo de Ocupación de difícil Cobertura (CODC)que se publica de forma trimestral .
- c) Ser Nacional de Chile o Perú, con estos dos países existe un Convenio de doble nacionalidad que de esta manera lo establece.
- d) Que el INEM o SEPE certifique la insuficiencia de trabajadores para el puesto de trabajo ofertado
Cuestiones generales: - Contenido del Contrato de trabajo, la duración de be ser igual o superior al período del permiso que deseemos pide, generalmente un año siendo una solicitud inicial, el sueldo establecido ha de ser por lo menos el SMI actual cada año, pues se estima que el único recurso con el que cuenta el trabajador extranjero es su sueldo. No se deja poner SEGÚN CONVENIO o S/C, debe indicarse numéricamente el importe, debe contenerlas horas de trabajo, por norma general 40 horas para poder tener recursos para vivir.
- Solvencia económica del empleador, el empleador debe tener suficiente capacidad económica para poder abonar las cuotas de la Seguridad Social, se inadmitirá la solicitud en el caso de tener deudas con la seguridad social o bien emplear más del cincuenta por cien de la nómina en costear los costes de una .
- Que los trabajadores extranjeros que se pretendan contratar carezcan de en España y en sus países precedentes de vivienda, que no se encuentren irregularmente en España, abonar la TASA en el modelo setecientos noventa por la tramitación de la autorización de Residencia Temporal.
Desde la Gestoría FGM, le gestionamos su petición de RENOVACIÓN DEL PERMISO DE TRABAJO Y RESIDENCIA de forma telemática, rápida, sencilla y económica. Le enviaremos el justificante telemático de entrada en el registro de la petición y en poquitos días le enviaremos su resolución de la renovación en función del trabajo de la Administración Pública. Le enviaremos el justificante telemático de entrada en el registro de la petición y en poquitos días le enviaremos su resolución de la renovación dependiendo del trabajo de la Administración Pública. Adquisición de la Nacionalidad por ResidenciaFinalmente recordar que desde la Gestoría FGM, se tramitan también expedientes de Nacionalidad, que la adquisición de la Nacionalidad por Residencia viene establecida en el artículo veintidos del CC y que se puede obtener por el extranjero que haya residido en España de forma legal y continuada a lo largo de un plazo de 10 años, cinco años, dos años o un año conforme los casos. |