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Abogado Extranjería la capital española 【1ª Consulta Gratis】【915 trescientos veintiocho 488】Abogado extranjeria MadridEn el despacho de Abogado Extranjería Madrid, contamos con abogados especialistas en materia de derecho de inmigración. En la situación actual de España, la migración se está acentuando por momentos, por este motivo es un tema con el que convivimos día y día. Merced a ello y tras años de trabajo y experiencia, sabemos de qué forma obtener resultados llenos de profesionalidad y gratitud para nuestro cliente. abogados inmigrantes Nuestro trabajo está basado en la honestidad, perseverancia, trato directo y una angosta relación con el usuario, de manera que nuestra labor se desarrolla de forma pormenorizada y minuciosa, buscando lo mejor para nuestros clientes y resguardando de esta forma sus intereses. NUESTROS SERVICIOSEn Letrado Extranjería Madrid damos solución a todo género de servicio en lo que se refiere a extranjería se refiere tal y como: permisos de trabajo, visados, permisos de residencia, regularización, arraigo social y laboral, nacionalidad, reagrupación familiar, matrimonios, tarjetas de estudiante, homologación de documentos, expedientes de expulsión... RECURSOS DE EXTRANJERÍACon el fin de solucionar distintas situaciones que afectan a personas inmigrantes, nuestros abogados profesionales facilitan actuaciones en el campo legal, como los recursos de extranjería. Son procedimientos que procuran la salida más perfecta para aquellos extranjeros que ven sus derechos en peligro. En el caso de los recursos de extranjería, pueden interponerse recursos de alzada, reposición y contencioso administrativos. Esta clase de recursos son interpuestos en las instancias correspondientes, como los diferentes Tribunales de Justicia. Los integrantes del equipo de abogados que le presentamos hacen las redacciones y las tramitaciones perfectas para que los procedimientos den fruto. Nuestros clientes encuentran la satisfacción de sentirse protegidos por actuaciones veloces y soluciones ante diferentes problemas: renovaciones, permisos de residencia por arraigo, por estudios... viviendas de larga duración, obtención de visados, nacionalidad... La denegación de nacionalidad es una de las situaciones habituales a que se encara nuestro bufete de abogados en la capital española. Asimismo tratamos rechazos en frontera o bien expulsiones, presentando las interposiciones en los plazos indicados (un par de meses para los recursos contencioso-administrativos y un mes para los recursos de reposición). Además de la actuación con estos procedimientos, ciertos especialistas recomiendan la solicitud de medidas cautelares o bien también cautelarísimas. ADQUISICIÓN DE NACIONALIDAD ESPAÑOLALa nacionalidad española es la condición de las personas que son miembro de la comunidad nacional de España. Existen dos formas de adquirir dicha nacionalidad: 1) Originaria y derivada: La doctrina tradicional venía distinguiendo entre una adquisición originaria y una adquisición derivada de la nacional, según ésta se atribuyese o bien no desde el instante del nacimiento. Puede existir el caso de “españoles de origen”, los que, desde su nacimiento vinieran ostentando una nacionalidad distinta a la española. Por este motivo, conforme nuestra Constitución de España, “ningún español de origen podrá ser privado de su nacionalidad”(art.11.2), lo que excluye la privación por sanción judicial o bien administrativa para los españoles que lo sean “de origen”. Además, según el artículo ciento trece de la Constitución, los españoles no pierden la nacionalidad aunque adquieran la de ciertos países iberoamericanos o la de ciertos países que tengan una particular vinculación con España, como Andorra, Filipinas, G. Ecuatorial y Portugal. 2) Automática: Se adquiere automáticamente la nacionalidad española sin precisar que el interesado deba declararlo, ni de un acto de reconocimiento por la autoridad, ni de inscribirse en el Registro Civil por la adquisición de dicha nacionalidad. Estos casos se dan cuando se trata de una persona con filiación de de España, o bien alguien que es adoptado por un español durante la minoría de edad, etc. HOMOLOGACIÓN DE DOCUMENTOS PÚBLICOSLa legalización de documento público extranjero es el acto administrativo a través del cual se dota de validez al mismo. Esta actuación se lleva a cabo por un funcionario, notario o juez con el fin de comprobar la autenticidad de lafirma presente como la calidad de la autoridad firmante del documento. Tanto cualquier documento público extranjero en España como cualquier documento público español en el extranjero para ser válido debe pasar por este procedimiento de legalización. Es posible la existencia de instrumentos jurídicos que eximan de esta obligación. Dada nuestra realidad en la que los intercambios entre países son numerosos, se intenta facilitar la legalización de estos documentos. Para esto, los distintos países, y entre ellos España, han firmado convenios, en especial el Convenio de La Haya, en que se facilita los trámites a sus ciudadanos, de forma que, en el presunto de legalización, los países firmantes realizaran un reconocimiento mutuo de los documentos eliminando la necesidad de este acto administrativo, bastando un simple sello o apostilla. Los originales de los documentos públicos o bien las copias auténticas expedidas por las Autoridades de la Administración Pública son objeto de legalización, así como testimonios realizados por notario. |
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