Sede ElectróNicaQué esSolicitud u obtención de documento en el que se haga constar la situación registral actual de una persona en el Padrón Municipal de Habitantes. Si la persona interesada no figura en el Padrón en el documento se va a hacer constar ese hecho así como el tiempo y los domicilios donde haya estado censada en Pamplona desde el año mil novecientos noventa y seis.
Quién puede efectuar el trámiteLa persona interesada u otra en su nombre si se pide personalmente en la Oficina del Padrón del Municipio de Pamplona. La persona titular del certificado digital si se emplea el procedimiento electrónico.
Cómo efectuar el trámiteON LINETramitar con certificado o bien Cl@veAl pulsar sobre el enlace si no ha accedido va a acceder a su Carpetita Ciudadana. Después un asistente le irá guiando y le pedirá el género de volante que quiere. En el momento en que se verifique su empadronamiento obtendrá al momento en su pantalla el volante firmado electrónicamente. Asimismo quedará depositado en el buzón de su carpetita ciudadana. Tramitar sin certificadoCon esta opción accederá a una página donde podrá pedir el género de volante que precisa. En el momento en que se reciba su petición en el Servicio de Atención al Ciudadano se le enviará el volante por correo postal a la dirección de PAMPLONA en la que la persona interesada esté censada. ImporteGratuito. Condiciones de solicitudNo hay plazos de solicitud. Para conseguir el volante electrónicamente es necesario contar con de Certificado Digital. CANALES DE SOLICITUD: Oficina de Atención Ciudadana (OAC) del Municipio de Pamplona: IMPRESCINDIBLE SOLICITAR CITA PREVIA TELEFÓNICAMENTE (diez ó 948-420100) O bien TELEMÁTICAMENTE EN LA WEB MUNICIPAL. Sede electrónica del Ayuntamiento de Pamplona (procedimiento electrónico - con certificado digital). Para personas que ya no están censadas en Pamplona, por escrito vía e mail padron@pamplona.es o bien fax 948-420226.
Documentación a presentarSi se pide personalmente en la Oficina del Padrón del Municipio de Pamplona, documento en vigor que acredite la identidad de la persona a inscribir: documento de identidad, carné de conducir español, tarjeta de extranjero o bien pasaporte. Si el documento está caducado, aportar solicitud de renovación. Si se pide de un menor no emancipado, documento que acredite la filiación y representación del menor: libro de familia o bien partida de nacimiento. Autorización firmada y copia del DNI del interesado si se solicita en su representación en la Oficina del Padrón del Ayuntamiento de Pamplona. Para personas que ya no están empadronadas en Pamplona, solicitud por escrito vía mail (padrón@pamplona.es) o fax (948-420226)indicando el domicilio donde desean recibir el volante, y copia del DNI. Más informaciónESTE TIPO DE VOLANTES SON DEMANDADOS PARA: Permiso de vivienda para extranjeros (Tipo: Certificado). Adquisición de nacionalidad. Renovación permiso de conducción. Permiso de circulación. Transferencias de vehículos. Matriculación de nuevo vehículo. Matrícula en guarderías. Colegios. Universidad. Solicitud de residencia de protección oficial (Tipo: VPO con data de antigüedad en municipio). Abono para piscinas municipales (familiar o bien individual). Plazas de aparcamiento para residentes. Condición civil de navarro (Registro Civil). Matrimonio civil (Registro Civil). Seguridad Social: cartilla de la Seguridad Social, petición de sueldo social, pensión no contributiva y otros. Telefónica (descuento IRPF) (Tipo: volante con observaciones). Delegación de Hacienda. Becas y ayudas. Descuentos en entradas de cine. Carné de transportista. Madera de Urbasa. Asignación de abogado de oficio. Puestos en mercadillos. INEM, Bienestar Social, Servicios Sociales, IMSERSO y asistencia médico-farmacéutica. telefono cita extranjeria Trámites judiciales y notariales (separación, declaración de herederos, etcétera). Fé de vida.
NormativaNORMATIVA LEGAL: Ley que modifica la Ley de bases de Régimen local con relación a el Padrón Municipal (Ley 4/1996, de 10 de enero; BOE once de 12/01/1996). Real Decreto que altera el Reglamento de población y demarcación territorial de las entidades locales a probado por el Real Decreto ciento sesenta y nueve de 20 de diciembre; BOE 14, de 16/01/1997). Resolución sobre instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre administración del padrón municipal de 30 de enero de dos mil quince (BOE 71 de 24/03/2015). PLAZO DE TRAMITACIÓN: inmediato. SILENCIO ADMINISTRATIVO: no procede. RESOLUCIÓN: no procede. La unidad tramitadora se reserva la posibilidad de recabar cualquier tipo de documentación complementaria para la correcta gestión del tramite. Información relacionadaÓrgano gestorDocumentos asociados |