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La Reagrupación Familiar De Hijos Mayores De EdadEste es un artículo dirigido a todas aquellas personas que han adquirido la nacionalidad de España y tienen hijos mayores de edad en su país de origen a los que desean reagrupar, es decir, que quieren traerse a vivir a España. ¿Qué se puede hacer cuando un hijo mayor de 21 años nos expresa su deseo de venir a vivir a España? abogado inmigración Ya sea a trabajar o bien a estudiar o bien por cualquier otro motivo. Ante esta situación existen dos posibilidades:
En cualquiera de estos 2 casos, contamos con unas posibilidades muy grandes de que las peticiones de reagrupación sean aprobadas por la parte de las autoridades. Ejemplo práctico de reagrupación de un mayor de 21 años Pongamos un ejemplo: su hijo mayor de 21 años está en Colombia, se lo quiere traer y también inicia el proceso haciendo un acta de manifestaciones ante notario en la que manifiesta su pretensión de reagrupar a su hijo, así como esta acta le va a remitir a su hijo la copia compulsada de su DNI de España, de su pasaporte español, prueba de que tiene residencia, prueba de que tiene trabajo. En el momento en que su hijo recibe esta documentación vendrá directamente a España con esta documentación y con su pasaporte, obviamente, y sobre todo con prueba los estudios que estaba realizando en Colombia, con su partida de nacimiento que acredite que es su hijo y asimismo con prueba de los giros de dinero que mes a mes usted le estaba virando. Con todo esto, cuando la persona llegue al aeropuerto en España y le pregunten el motivo de su viaje, no tendrá ningún inconveniente cuando diga que viene a quedarse a vivir con usted, un ciudadano de España, aportando todas y cada una de las pruebas necesarias para que las autoridades lo comprueben. De esa forma, su hijo va a poder entrar en el país prácticamente con una certeza del 100 por ciento . Una vez que su hijo ya esté en España, se va a deber pedir una cita para regular su situación, esto es, para solicitar la tarjeta de vivienda en Régimen Comunitario. En conclusión, si usted ya tiene la nacionalidad de España, el hecho de que su hijo sea mayor de 21 años no significa que no lo pueda reagrupar. Si se cumplen los presuntos que hemos descrito, le podrá lograr un permiso de trabajo y residencia o lo va a poder reagrupar en régimen singular de reagrupación. |
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