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La Reagrupación Familiar De Hijos Mayores De EdadEste es un artículo dirigido a todas y cada una aquellas personas que ya han adquirido la nacionalidad española y tienen hijos mayores de edad en su país de origen a los que desean reagrupar, o sea, que quieren traerse a vivir a España. ¿Qué se puede hacer en el momento en que un hijo mayor de veintiuno años nos expresa su deseo de venir a vivir a España? Ya sea a trabajar o a estudiar o bien por cualquier otro motivo. Ante esta situación existen dos posibilidades:
En cualquiera de estos dos casos, contamos con unas posibilidades muy grandes de que las peticiones de reagrupación sean aprobadas por parte de las autoridades. abogado extranjeria san sebastian Ejemplo práctico de reagrupación de un mayor de veintiuno años Pongamos un ejemplo: su hijo mayor de 21 años está en Colombia, usted se lo quiere traer y también empieza el proceso haciendo un acta de manifestaciones ante notario en la que manifiesta su intención de reagrupar a su hijo, junto con esta acta le va a remitir a su hijo la copia compulsada de su documento de identidad de España, de su pasaporte español, prueba de que tiene vivienda, prueba de que tiene trabajo. En el momento en que su hijo recibe esta documentación va a venir de forma directa a España con esta documentación y con su pasaporte, evidentemente, y sobre todo con prueba los estudios que estaba realizando en Colombia, con su partida de nacimiento que acredite que es su hijo y también con prueba de los giros de dinero que mes a mes usted le estaba girando. Con todo esto, cuando la persona llegue al aeropuerto en España y le pregunten el motivo de su viaje, no tendrá ningún inconveniente cuando diga que viene a quedarse a vivir con usted, un ciudadano español, aportando todas las pruebas necesarias a fin de que las autoridades lo verifiquen. De esa forma, su hijo podrá entrar en el país casi con una certidumbre del 100 por ciento . Una vez que su hijo ya esté en España, se va a deber pedir una cita para regular su situación, o sea, para solicitar la tarjeta de residencia en Régimen Comunitario. En conclusión, si ya tiene la nacionalidad española, el hecho de que su hijo sea mayor de veintiuno años no significa que no lo pueda reagrupar. Si se cumplen los presuntos que hemos descrito, le podrá conseguir un permiso de trabajo y vivienda o lo podrá reagrupar en régimen especial de reagrupación. |
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