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Duplicado De Tarjeta Tie (Nie) Por Hurto O Perdida

Si has sido víctima de un robo o bien has perdido tu tarjeta de identidad de extranjero en España (NIE).

Lo primero que debes hacer es realizar la denuncia de que has perdido o bien te han robado la tarjeta puesto que esto es un requisito fundamental para solicitar un duplicado de tarjeta.

Para esto, las oficinas de policiales están habilitadas para dar contestación a esta clase de trámite.

A continuación, te presentamos toda la información relacionada para tal tramite:

Tipo De Autorización

Se trata obtener la tarjeta de identidad de extranjero que es el documento destinado a acreditar la situación legal del extranjero en España.

Normativa Básica

Ley Orgánica 4/2000, de once de enero, sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y su Integración Social (artículo treinta y cuatro.2).

Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, aprobado por R. D. 557/2011, de veinte de abril (artículo 210).

Requisitos

Se podrá solicitar tarjeta de identidad de extranjeros si:

  • Se ha expedido un visado o bien una autorización para continuar en España por un periodo superior a 6 meses.
  • Se ha modificado o perturbado la situación legal del titular de la tarjeta de identidad, o bien su situación laboral incluyendo la renovación de la autorización.
  • La tarjeta de identidad de la que disponían ha sido robada, perdida, destruida o inutilizada.

Documentación Exigible

Nota: con carácter general se deberán aportar copias de los documentos y exhibir los originales en el momento de presentar la solicitud.

  • Impreso de solicitud en modelo oficial (EX–17) por duplicado, correctamente cumplimentado y firmado por el extranjero. Dicho impreso puede conseguirse en
  • Justificante del abono de la tasa de la tarjeta.
  • Tres fotografías recientes en color, en fondo blanco, tamaño carnet.
  • La denuncia por pierdo o robo, o bien presentación de la tarjeta inutilizada. cita para huellas extranjeria
  • Original y copia de pasaporte.

Procedimiento

  • Sujeto legitimado para presentar la solicitud: el extranjero personalmente.
  • Lugar de presentación: en la Oficina de Extranjería o bien en la Comisaría de Policía de la provincia donde se haya tramitado la autorización por la que se reconoce el derecho o bien se le autoriza a permanecer en España.
  • Plazo de presentación: un mes desde la entrada en España o desde el momento en que la autorización sea concedida o bien cobre vigencia o, en su caso, desde el momento en que se produjo el hurto, el pierdo, la destrucción o la inutilización de la tarjeta.

Tasas por expedición de la tarjeta de identidad: la cuantía de la tasa depende de la autorización que documenta la tarjeta. Pueden ser:

  • Modelo doce “Tarjeta que documenta la primera concesión de la autorización de residencia temporal, de estancia o bien de trabajadores
  • Modelo 012 “Tarjeta que documenta la renovación o prórroga de la autorización de vivienda temporal, prórroga de estancia o de trabajadores transfronterizos”.
  • Modelo doce “Tarjeta que documenta la autorización de residencia y trabajo por circunstancias excepcionales
  • Modelo 012 “Tarjeta que documenta la autorización de vivienda de larga duración o bien residencia de larga duración-UE

La tarjeta de identidad tendrá idéntico periodo de vigencia que la autorización o bien el reconocimiento del derecho que justifique su expedición, y va a perder su validez cuando se produzca la de la citada autorización.

Para dar la tarjeta de identidad de extranjero el interesado va a deber acreditar ser el destinatario del documento y haber efectuado el pago de las tasas establecidas.

Están exceptuados de la obligación de pedir tarjeta de identidad de extranjero los titulares de una autorización de vivienda y trabajo de temporada.

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