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Preguntas Frecuentes Sobre La SituacióN Como Extranjero

(Esta guía se actualizará de forma continua en función de la sucesión de acontecimientos en el estado de alarma) (Última actualización: jueves veintitres de abril de 2020)

Preguntas Usuales sobre mi situación como extranjero/a en España a lo largo del estado de alarma:



  • ¿Qué sucede con mi trámite de extranjería?

  • ¿Y con mi trámite de protección internacional (asilo)?


En SJM hemos preparado este breve recopilatorio de preguntas y respuestas en el que procuramos plantear y resolver dudas y cuestiones que pueden surgir a personas migrantes y demandantes de asilo a lo largo de los días en los que se ha decretado el estado de alarma en España. En este periodo las administraciones públicas han cerrado sus puertas y suspendido la mayoría de los trámites presenciales. En este documento pretendemos dar respuesta a ciertas preguntas que pueden surgir en este contexto. 

La atención personal en las distintas ciudades en las que están presentes hasta nuevo aviso. No obstante, a lo largo de este periodo brotan muchos interrogantes que demandan información y tranquilidad.

¿Hasta cuándo está previsto que dure el estado de alarma en España?

El día pasado 14 de marzo el Gobierno de España decretó el estado de alarma durante un plazo de 15 días naturales, hasta el 29 de marzo. Sin embargo, el Gobierno ha propuesto al Congreso de los Diputados sucesivas ampliaciones del estado de alarma por quince días adicionales y el pasado veintidos de abril el Congreso aprobó la última. En consecuencia, la situación de estado de alarma queda ampliada hasta el 10 de mayo.

El Gobierno puede ampliar nuevamente el estado de alarma si considera que las circunstancias que dieron sitio a su declaración inicial persisten, y si el Congreso de los Diputados se lo autoriza. Por tanto, no sabemos con certidumbre hasta en qué momento va a durar.

 1. TRÁMITES DE EXTRANJERÍA

Tengo que realizar un trámite de extranjería frente a la Administración en estos días. ¿Puedo asistir? ¿Y si tenía una cita para esto pedida desde hace cierto tiempo?

Lamentablemente todas las Administraciones que efectúan trámites reportajes de extranjería y protección internacional han cerrado las atenciones presenciales, salvo casos previstos expresamente y inusuales, a lo largo de la vigencia de la actual situación de estado de alarma.

Por lo tanto, todas y cada una de las citas anteriormente acordadas han sido canceladas. Si el trámite que debes hacer necesariamente es presencial, como puede ser acudir a efectuar el trámite de huellas de tu tarjeta de residencia o del documento identificativo como demandante de protección internacional- asilo- o a realizar la entrevista o segunda entrevista de protección internacional, deberás prestar atención a lograr una nueva cita en cuanto concluya el estado de alarma.

No tenemos certeza sobre exactamente cómo va a funcionar respecto al sistema de citas la oficina de extranjería de tu provincia de vivienda una vez finalice el estado de alarma.

En cualquier caso, si la cita la solicitaste tú, es posible que recibas un mensaje de móvil (SMS) o bien un e mail (en la dirección de correo que facilitaste) por parte de la Oficina de Extranjería dándote una nueva cita. Si esto no ocurre, puesto que deberás pedir una nueva cita por tu cuenta. confirmar cita extranjeria

Si la cita te la solicitó un amigo/a, abogado/a o bien trabajador/a social, pídele que te informe si recibe tu cita por mail o móvil (SMS).

Además, recuerda que con la declaración del estado de alarma la circulación por los espacios públicos está limitada a causas excepcionales y lo mejor es que te quedes en casa o en el centro de acogida/ centro de migraciones donde hoy en día resides.

Pero, la documentación que iba a presentar en mi cita, como el certificado de antecedentes penales de mi país, me caduca en las próximas semanas…

La Administración reconocerá como válidos los documentos que hayan caducado a lo largo del actual estado de alarma, con lo que incluso de este modo podrás aportarlos. Si te da más calma dejarlo presentado mientras se halla en período de validez, siempre puedes decantarse por presentarlo por vía telemática (en internet) en los sitios oficiales que explicamos más adelante.

Tengo un procedimiento de extranjería pendiente de solucionar, ¿Me podrían contestar a lo largo del estado de alarma?

Las instrucciones que ha dado la Administración a los funcionarios de extranjería es solucionar los expedientes que no precisen de trámites siguientes (como, por poner un ejemplo, requerimientos) y que vayan a solucionar favorablemente. Con lo que, si tu expediente está completo y cumple los requisitos, es posible que sí te respondan.

La oficina de extranjería me ha hecho un requerimiento y me han dado solo 10 días de plazo para contestar, o bien, me ha rechazado una petición de extranjería y tengo un mes para recurrirlo, ¿lo debo responder ahora?

El gobierno central ha declarado, a la vez de declarar el estado de alarma, la suspensión de los plazos administrativos. Esto desea decir que los quince días iniciales que dure el estado de alarma (y las ampliaciones del mismo) serán todos inhábiles y no contarán en los plazos que tienes con la Administración. Considera tal y como si todos los días del estado de alarma fueran domingo. Una vez se declare la finalización del estado de alarma, volverán a contar los días hábiles.

Por ejemplo, si el día miércoles once de marzo te avisaron que tienes un plazo de 10 días hábiles para presentar un documento, únicamente contarán como días hábiles el 12 y 13 de marzo. Desde ese momento se encuentra paralizado el plazo. Si el estado de alarma finaliza ciertamente el 12 de abril, desde esa data te restarán ocho días hábiles de plazo para cumplir con lo requerido. O sea, en un caso así, hasta el miércoles veintidos de abril.  

Tengo la tarjeta de residencia caducada. ¿Su validez se prorroga de manera automática con la declaración del estado de alarma? ¿Con qué plazo cuento para renovarla?

La normativa de extranjería establece como norma general que tienes de plazo hasta 90 días naturales- tres meses- después de la caducidad de tu tarjeta de residencia para solicitar su renovación. Si no lo haces, pasas a estar en situación irregular en España.

La Administración no ha aclarado que la vigencia de los permisos de vivienda quede extendida, por lo que no podemos aceptar que de este modo sea.

Por lo que, si sabes o prevés que el plazo de 90 días para renovar tu permiso de vivienda van a transcurrir a lo largo del tiempo de estado de alarma, procura presentar la renovación a través de medios electrónicos. Esto lo puedes hacerlo mismo o mediante alguien que te represente y tenga un certificado digital para presentarlo por la red, a través del o bien la .

Las oficinas de extranjería están ya listas para esta situación. Considerarán la solicitud de renovación presentada y, aunque le falten documentos, solicitarán la subsanación sin que el plazo comience a contar hasta que finalice el estado de alarma.  

Entonces… si estoy sin papeles y me encuentro con la policía en la calle, ¿me pueden detener? ¿pueden internarme en un Centro de Internamiento de Extranjeros- CIE- para intentar expulsarme a mi país?

La tendencia actual en los centros de internamiento de extranjeros es la resolución de adoptar medidas de puesta en libertad de los presentes internos por las dificultades para ejecutar las repatriaciones a sus países de origen. No obstante, las leyes de extranjería prosiguen estando en vigor y no podemos asegurar que no vaya a haber o bien esté habiendo detenciones por no estar radicando legalmente en España durante el tiempo del estado de alarma.

Por lo que, si estás pendiente de regularizar tu situación, es mejor que te quedes en casa preparando tu expediente y tu futuro. Por tu seguridad, y porque nuestras autoridades sanitarias nos lo solicitan para intentar eludir la propagación de la enfermedad.

¿Qué puedo hacer si soy víctima de un delito en este período de estado de alarma?

A pesar de la situación inusual, las leyes penales españolas prosiguen totalmente en vigor. Si eres víctima de un delito, puedes llamar al teléfono emergencia- ciento doce- de urgencia policial- 091- o de guarda civil- sesenta y dos- y te indicarán cómo actuar. Si prefieres no usar la por teléfono, por inconvenientes de idioma o bien de otra clase, puedes desplazarte a una comisaría de policía o bien guardia civil próxima, que están todas abiertas al público para demandas.

También te recordamos que los servicios de apoyo y demanda para víctimas de violencia de género prosiguen marchando. Puedes llamar al dieciseis durante las 24 horas del día, donde te pueden aconsejar hasta en cincuenta y dos idiomas. Encuentra .

Recuerda que no vas a ser sancionada por estar en la calle si has salido de tu casa o centro de acogida debido a una situación de emergencia y con el propósito de dirigirte a las autoridades a denunciar la situación.

 Estoy de visita en España y no voy a poder volver a mi país hasta que concluya la emergencia sanitaria. Después de los 90 días a los que estoy en mi derecho a estar en España, ¿voy a estar en situación irregular?

No. La Administración ha extendido el plazo de tu estancia legal en España si no puedes retornar debido a la emergencia sanitaria. Por lo que, cuando menos en el tiempo que dure la declaración del estado de alarma en España, y asimismo mientras que tu país no deje la llegada de personas provenientes de España, vas a estar en situación regular en España.

Estoy en el sistema de acogida del Programa de Atención Humanitaria a Inmigrantes  (PAHI), ¿hay posibilidades que pierda mi plaza a lo largo del estado de alarma?

En principio, no deberían gestionarse bajas del sistema de acogida mientras dure el estado de alarma en España. Además de esto, para colectivos frágiles puede pedirse una prórroga de la plaza de acogida. En su caso, háblalo con el/la profesional de referencia (trabajador o educador social) del programa.

 2. PERSONAS DEMANDANTES / O bien CON VOLUNTAD DE PEDIR PROTECCIÓN INTERNACIONAL (O ASILO)

Estoy en España y quiero solicitar asilo, ¿de qué manera puedo hacerlo?

La solicitud de asilo, o bien protección internacional, se efectúa por medio de un trámite presencial como es la entrevista de asilo. En nuestros días esas entrevistas, como la asignación de citas para hacer esas entrevistas, se hallan suspendidas. Procura descubrir de qué forma marcha el sistema de citas para pedir asilo en tu urbe o bien provincia de vivienda para efectuarlo inmediatamente después del alzamiento del estado de alarma.

Si ya tienes una cita para la entrevista de asilo y te hallas en la frontera, CIE o aeropuerto habla con tu abogado/a de referencia pues posiblemente el procedimiento de tu solicitud asilo se realice por el procedimiento de territorio lo que en ciertos casos podría favorecerte.

Pero soy solicitante de asilo y mi tarjeta roja está muy próxima a caducar. ¿Puedo continuar percibiendo ayudas del sistema de acogida?

Sí. La Administración responsable ya ha previsto esta situación y considerará tu documentación provisionalmente válida a pesar de estar caducada. Comenta los detalles con los técnicos de tu centro de acogida o bien O.N.G. de referencia en el sistema de acogida.

Aún no he efectuado la entrevista de formalización de petición de protección internacional, pero ¿podría pedir acceso al programa de protección internacional?

Sí, puedes. Háblalo con el trabajador social de referencia del programa PAHI o de la fase de acogida del programa de protección internacional.

Estoy en el sistema de acogida para solicitantes de protección internacional, ¿hay posibilidades que pierda mi plaza durante el estado de alarma?

No se tramitará ninguna baja del sistema de acogida mientras dure el estado de alarma en España. Si te encuentras en la primera fase y va a concluir sin que tú tengas opción alternativa habitacional, se te solicitará una prórroga de un mes o bien hasta que finalice el estado de alarma.

Quiero viajar a España en estos días, ¿es posible?

Debido a la situación de urgencia sanitaria, España ha reforzado su control fronterizo. Desde el pasado 17 de marzo y hasta el próximo día once de abril (), las fronteras de España con otros estados de la Unión Europea- Portugal y Francia- asimismo están sujetas a controles policiales de acceso. En principio, si eres residente legal en España, o bien trabajador(a) transfronterizo, podrás acceder.

Si no tienes una autorización de residencia en España, es muy posible que no te dejen acceder en los controles documentales, tanto de las fronteras interiores con la UE, como en la frontera entre España y Marruecos.  

Si te impiden el acceso a territorio de España, recuerda que puedes pedir que te avisen por escrito los motivos para el óbice, como la posibilidad de tener asistencia letrada gratis e intérprete, si lo precisas.

Si quieres entrar en España por el hecho de que tu vida o integridad física corren peligro en tu país de origen o en el país en el que estás, consigue el contacto de alguna asociación, Organización no Gubernamental o bien abogado/a que esté en España – preferiblemente en la urbe a la que quieras entrar – a fin de que te indique cómo proceder.

Para cualquier otra duda o consulta, puedes redactar a

Puedes redactar asimismo en .

Puedes escribirnos por WhatsApp en el +34 seiscientos noventa y uno 130 864.





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