photo sharing and upload picture albums photo forums search pictures popular photos photography help login
Topics >> by >> staten_island_technical_high

staten_island_technical_high Photos
Topic maintained by (see all topics)

Tramites Municipio la capital española Abogados De Extranjeria En la villa de Madrid Y Tecnicos De Extranjeria En Madrid

Padrón Municipal. Alta para extranjeros
La inscripción de extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente deberá ser objeto de renovación periódica cada 2 años.
Es posible declarar la caducidad de inscripciones que deban ser objeto de renovación periódica, siempre que el interesado no hubiese procedido a tal renovación. En un caso así, la caducidad va a poder declararse sin necesidad de audiencia del interesado.
Importe
Gratuito
Descargar impresos
• De qué forma realizar el trámite
• Documentación
• Más Información

Cómo realizar el trámite
Solicitud de forma presencial: en las Oficinas de Atención al Ciudadano (Línea la capital de España) de los Distritos. Una vez efectuado el trámite, se entregará al interesado un volante de empadronamiento. Para la realización del trámite desde estas Oficinas, es necesaria la cita previa.

Solicitud por correo ordinario: esta modalidad de solicitud requiere previamente la obtención del impreso, que puede descargarse desde esta página. Tanto la documentación requerida como el impreso cumplimentado, se remitirán a la dirección que se señala en la página de descarga de la documentación. Una vez efectuado el trámite, se remitirá un justificante al domicilio del solicitante.

Documentación
Para atención presencial va a deber presentar la documentación original.
Para la solicitud por correo ordinario se remitirán fotocopias.
Hoja padronal adecuadamente cumplimentada y firmada por todos los mayores de edad incluidos en la misma. (Impresos.- petición de empadronamiento).

Documento original que acredite la identidad de las personas: Pasaporte en vigor, Permiso de Residencia en vigor (Temporal, Permanente, Comunitario), o bien NIE junto a pasaporte o bien su DNI en vigor (Ciudadanos de Estados miembros de la UE, Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza).
En el en caso de que actúe por medio de representante, éste va a deber presentar original del DNI del interesado y original del documento nacional de identidad del representante; como la autorización para actuar en nombre y representación del mismo. Dicha representación se deberá otorgar a través de escrito en el que conste la representación para actuar en nombre del interesado.
Documento que acredite el empleo de la vivienda:
• Contrato o bien escritura de compra y venta, o
• Contrato de arrendamiento en vigor (en los contratos prorrogados va a deber acompañarse del último recibo del pago del alquiler), o
• Última factura de compañía suministradora de telefonía fija, agua, electricidad o bien gas o bien contrato del suministro formalizado en el año anterior a la data de la solicitud.
• Cuando ninguno de los demandantes sea titular de la nueva vivienda, será preciso que cualquiera de los titulares de la misma lo acredite mediante alguno de los documentos anteriormente indicados y firme el correspondiente apartado de autorización de la hoja padronal, adjuntándose copia del DNI del autorizante.
• Cuando el solicitante se anote en un domicilio donde consten empadronadas otras personas, va a ser preciso que ciertas personas mayores de edad inscritas en el domicilio, autorice el empadronamiento firmando el pertinente apartado de autorización de la hoja padronal, adjuntándose fotocopia del documento nacional de identidad del autorizante. Si el ciudadano manifiesta que no residen en la residencia ninguno de los habitantes censados, va a deber pedir, previamente al alta, la baja por inscripción indebida de los censados que no residen.
• Cuando se quiera dar de alta en un establecimiento colectivo será necesaria la autorización del Directivo de dicho establecimiento. Se inscribirán en la misma inscripción y se expedirán únicamente volantes individuales.
El Municipio está facultado para solicitar documentos auxiliares acreditativos del uso del domicilio para comprobar la veracidad de los datos contenidos en el padrón municipal. El plazo máximo para solucionar el empadronamiento es de 3 meses a partir de la petición, según lo establecido en el artículo cuatrocientos veintitres de la ley 30/92, de veintiseis de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
Más Información
Fundamento legal
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, cambiada en relación con el Padrón Municipal por la Ley 4/1996, de 10 de Enero. - Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales aprobado por el Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, cambiado por el Real Decreto 2612/1996, de veinte de Diciembre.
Entidad Gestora
Dirección General de Estadística
volver
Padrón Municipal. Alta para extranjeros
Tramitar
Presencial
• Con cita anterior obligatoria
o Oficinas de Atención al Ciudadano. Línea Madrid
• Concertar cita anterior para Padrón
Impresos
• Solicitud de empadronamiento presencial (PDF cuatrocientos seis Kbytes)
• Solicitud de empadronamiento por correo

abogado de inmigracion




has not yet selected any galleries for this topic.