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InformacióN Para Ciudadanos De La Ue


Los ciudadanos y ciudadanas de la UE, de la misma manera que sus familiares, gozan de libertad de circulación, estancia, residencia y trabajo en España. Para la entrada en España es suficiente con el pasaporte o documento nacional de identidad válido y en vigor.


Estancias superiores a tres meses


En el caso de estancias superiores a tres meses, los ciudadanos y ciudadanas de la UE están obligados a solicitar personalmente en las Oficinas de Extranjeros o en comisarías de policía su inscripción en el Registro Central de Extranjeros.


La petición debe presentarse en el plazo de tres meses desde la data de entrada en España.


Si deseas más información puedes hacerlo a través del siguiente enlace:


Además de una petición debidamente cumplimentada, es necesario presentar el pasaporte o documento nacional de identidad válido. La vigencia de los certificados de registro está condicionada a las circunstancias de los demandantes. Es preciso comunicar cambios referidos a nacionalidad, estado civil o domicilio a las Oficinas de Extranjeros o comisarías de policía.


Para poder realizar su actividad laboral, pago de impuestos y cuotas de la seguridad social, los ciudadanos de la UE deben empadronarse en el municipio de la localidad donde estén residiendo.


Número de Identidad de Extranjero


El estado de España facilita el Número de Identidad Extranjero (NIE) a los extranjeros que por temas económicos, profesionales o sociales se relacionen de manera frecuente con España. Se trata de un número personal, único y exclusivo, que debe figurar en todos los documentos que tramite.


La solicitud puede presentarse en España o bien en las . Junto a ella se debe aportar original y copia del pasaporte y una comunicación con las causas que justifican la solicitud.


Residencia de carácter permanente


Los ciudadanos y ciudadanas de la Unión Europea y los miembros de su familia están en su derecho a la obtención de la residencia permanente tras un periodo de cinco años continuado de vivienda legal en España. Para conseguir la residencia para un familiar debe mantenerse el vínculo familiar por el que se expidió la tarjeta de residencia o bien mantener el régimen comunitario en caso de fallecimiento, nulidad del vínculo matrimonial, divorcio o bien cancelación de la inscripción como pareja registrada.


La vigencia de la tarjeta de vivienda de familiar de ciudadano de la Unión expirará en el caso de ausencias superiores a 6 meses en un año. La vigencia no se verá perjudicada por las ausencias de mayor duración acreditadas en los casos de cumplimiento de obligaciones militares o que no se prolonguen más de 12 meses consecutivos por motivos de gestación, parto, postparto, enfermedad grave, estudios, formación profesional o bien traslados por razones de carácter profesional a otro Estado miembro o bien a un tercer país.


Para realizar la petición es necesario dirigirse a las Oficinas de Extranjería de cada provincia. Además de la solicitud, hay que presentar:



  • Original y copia del pasaporte o bien documento de identidad válido y en vigor.


  • Documento acreditativo del abono de la tasa por expedición del certificado.


  • 3 fotografías recientes en color, en fondo blanco, tamaño carnet.


En el caso de los miembros de la unidad familiar se va a deber presentar también:



  • Documentación que acredite (traducida y apostillada o bien legalizada) de la existencia de vínculo familiar; de la validez del matrimonio; o certificación expedida por el órgano encargado del registro de parejas pertinente de la inscripción como pareja.


  • Certificado de registro del ciudadano comunitario al que acompaña o bien con el que va a reunirse, presentado junto al pasaporte o bien DNI, en vigor, de este. cita previa extranjería palma En caso de que el derecho derive de un ciudadano español, documento de identidad de éste o bien autorización para verificar electrónicamente sus datos de identidad.


  • En caso de descendientes de veintiuno años o mayor edad o bien ascendientes directos: acreditación de ascendiente o descendiente.


Nota informativa


Todos y cada uno de los documentos públicos extranjeros precisos para los trámites descritos habrán de ser previamente legalizados y, en caso preciso, deberán traducirse al castellano o bien lengua cooficial del territorio donde se presente la solicitud. Para conseguir información al respecto, puedes consultar la


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