![]() |
![]() |
![]() |
![]() |
![]() |
![]() |
![]() |
Topics >> by >> aqu_puedes_obtener_va_inte |
aqu_puedes_obtener_va_inte Photos Topic maintained by (see all topics) |
||
Aquí Puedes Obtener VíA Internet Una Cita Previa Para Los TráMites De ExtranjeríA La PolicíA Nacional Reactiva El ServicioLa Policía Nacional está reanudando de forma gradual y progresiva los servicios de documentación de extranjeros, en ciertas ciudades. La Jefatura Superior de Policía ha explicado que para realizar esta clase de trámites, los ciudadanos deberán conseguir su cita anterior, que es obligatoria, en . cita para poner huellas Del mismo modo, en las oficinas de la Unidad de Documentación de Extranjeros se han instalado mamparas, se ha adoptado un sistema de desinfección y distancias de seguridad, siendo preceptivo el uso de mascarilla para asegurar la continuidad del servicio. La Policía Nacional ha recordado que, a través de su página, , ofrece información detallada sobre los trámites, singularmente en lo relativo a la prórroga de la vigencia de determinados documentos. INSTRUCCIÓN La Policía Nacional ha recordado a los ciudadanos extranjeros y a las distintas instituciones y organismos que realizan actos jurídicos o bien administrativos que con data de 20 de mayo se han dictado unas instrucciones para dotar de seguridad jurídica a los ciudadanos extranjeros perjudicados por la crisis sanitaria, de esta forma para eludir la saturación de las citas de peticiones de renovación de todo tipo de tarjetas. CÉDULAS DE INSCRIPCIÓN Según estas instrucciones, se prorrogan por un plazo de seis meses las cédulas de inscripción de extranjeros indocumentados cuya vigencia haya caducado a lo largo del estado de alarma o en los noventa días naturales previos a la fecha en que se decretó, a contar desde la data en que hubiese expirado la valía del documento. CARTAS DE INVITACIÓN Además, el demandante de una carta de invitación, emitida con anterioridad a la declaración del estado de alarma que no haya podido ser utilizada por coincidir la data de entrada prevista con la vigencia del mismo, va a poder pedir a exactamente la misma dependencia que se la expidió, la anulación de exactamente la misma, como el reembolso de las tasas por expedición de la carta –tasas en concepto de carta de invitación– y las de tramitación –tasas en concepto de autorización de expedición–, debiendo de hacer entrega inexcusablemente del original de exactamente la misma a la plantilla actuante. RESGUARDO DE SOLICITUD PROTECCIÓN INTERNACIONAL El resguardo de presentación de solicitud de protección internacional –resguardo blanco–, que hubiese sido expedido con anterioridad al estado de alarma va a ver prorrogada su vigencia en nueve meses a contar desde la expiración de la valía del documento, siempre y cuando no se haya notificado de forma negativa la resolución del expediente. TARJETA ROJA Por su parte, el documento acreditativo de solicitante de protección internacional –tarjeta roja– y el documento acreditativo de demandante de condición de apátrida –tarjeta verde– que hubiesen sido expedidos de antemano al estado de alarma van a ver prorrogada su vigencia siete meses desde la expiración de la validez de los documentos, siempre y cuando no se haya notificado de manera negativa la resolución del expediente. Asimismo, están canceladas todas las citas que hubieran sido concedidas hasta el día de la fecha para atender la renovación de los referidos documentos. OTRAS INDICACIONES La cita instrucción asimismo apunta que el resguardo de presentación de solicitud de protección internacional –resguardo blanco–, así como los documentos acreditativos de solicitante de protección internacional –tarjeta roja–, acarrearán, desde los 6 meses desde su data de emisión, el derecho a trabajar, con independencia de que no lleve incorporada la historia legendaria ‘Autoriza a trabajar’, siempre que no se le hubiera notificado de forma negativa la resolución de su solicitud. Por su parte, el documento ‘volante’ de manifestación de voluntad de petición de protección internacional que hubiera caducado a consecuencia del estado de alarma ha prorrogado automáticamente su valía durante la vigencia del mismo y a lo largo de los tres meses posteriores desde la data en que se decrete su alzamiento a los fines exclusivos de garantizarle el derecho de no devolución, sin perjuicio de que el interesado deba, en dicho plazo y lo antes posible, tramitar la expedición de un nuevo volante a fin de que se le asigne una nueva data de formalización. Los documentos de viaje de quienes tengan reconocida la protección internacional o el estatuto de apátrida, cuya vigencia hubiese caducado durante el estado de alarma o bien en los 90 días naturales previos a la fecha en que se decretó se han prorrogado exactamente los mismos términos en los que se haya ampliado la validez de sus tarjetas de identidad de extranjero –prórroga de seis meses desde el instante en que concluya el estado de alarma–./ Europa Press
|
||
|