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Abogados Especialistas En Nacionalidad Española

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Quienes somos

Abogados especialistas en Extranjeria y Nacionalidad

25 años de experiencia acreditan nuestra trayectoria como despacho líder en la capital española, en materia de extranjería y nacionalidad española.

No dude en contactarnos y concertar una cita en nuestras oficinas en la capital de España.


  • 25 años de experiencia

  • Honorarios económicos

  • Presupuesto previo: sin sorpresas ni gastos adicionales

Miguel A. Herrero

Abogado ICAM

25 años de experiencia


Expedientes de Nacionalidad Española

Solicite la nacionalidad española con MDH, a través de la plataforma telemática de RED ABOGACÍA


Demanda por Silencio Administrativo

¿No ha recibido respuesta en mas de 1 año? Fuerce al Mº de Justicia a resolver


Recurso contra la denegación de la nacionalidad

Si han desechado sin motivos su solicitud de nacionalidad de España, recurra!


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MDH Abogados

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Nuestra experiencia nos avala


Expedientes de Nacionalidad Española

¿Quiere solicitar la nacionalidad española?

Nuestros abogados expertos gestionaran su petición de nacionalidad de España y le asesorarán en todo el proceso hasta la obtención de la nacionalidad de España.

MDH Abogados cuenta con una amplia experiencia en trámites de extranjería y nacionalidad.

Abogados expertos en Nacionalidad Española

¿Por qué asistir a MDH Abogados para pedir la nacionalidad de España? abogados de extranjeria en barcelona

Gracias al Acuerdo entre el Consejo General de la Abogacía De España, y el Ministerio de Justicia, se deja tramitar a MDH Abogados las solicitudes de expedientes de nacionalidad española, a través de una nueva plataforma telemática, lo que nos deja agilizar los expedientes de nacionalidad. Por otro lado, al repasar y gestionar el expediente un abogado especialista en nacionalidad, existen mas garantías para conseguir una resolución conveniente.


Pasos para solicitar la nacionalidad española

Le notificamos sobre los requisitos y documentos necesarios

Telemáticamente (RedAbogacía), sin citas ni esperas

Le asesoramos en los tramites posteriores

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Demanda de nacionalidad española por silencio administrativo

¿Ha pedido la nacionalidad española y no tiene respuesta?

Si una vez presentado la petición de nacionalidad de España, transcurre un año sin resolverse, el solicitante de la nacionalidad española tiene la posibilidad de interponer un recurso contencioso-administrativo en vía judicial, forzando al Ministerio de Justicia a resolver sobre su expediente de nacionalidad.

Estudiaremos si cumple las condiciones

Y en seis-9 meses se resolverá su expediente de nacionalidad

Formulario Web

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Honorarios

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Confie en el despacho lider en España en trámites de extranjeria y nacionalidad.


  • Abogados expertos

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Solicitud de la Nacionalidad


  • Asesoramiento previo

  • Presentación telemática

  • Seguimiento

  • Abogado Incluido

  • Procurador incluido

  • IVA incluido

Preguntas más frecuentes


¿Como se adquiere la nacionalidad de España?

Los diferentes modos de adquisición de la nacionalidad son:


  • Nacionalidad por residencia

  • Nacionalidad por carta de naturaleza

  • Nacionalidad para españoles de origen

  • Nacionalidad por posesión de estado

  • Nacionalidad por opción


¿Cuales son los requisitos de la nacionalidad por vivienda??

Para obtener la nacionalidad por vivienda, se requiere acreditar la vivienda de la persona en España durante diez años de forma legal, continuada e de manera inmediata anterior a la solicitud.

Existen casos en los que el periodo de residencia exigido se reduce; estos son:


  • Cinco años: para la concesión de la nacionalidad de España a aquellas personas que hayan obtenido la condición de refugiado

  • Dos años: para los nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, G. Ecuatorial, Portugal o bien personas de origen sefardí.

  • Un año:

    • El que haya natural de territorio de España.

    • El que no ejercitó correctamente su derecho a adquirir la nacionalidad española por opción.

    • El que haya estado sujeto legalmente a la tutela (bajo la vigilancia de un tutor), guarda o bien acogimiento (el acogimiento que deja la reducción de vivienda legal a un año es aquél en que existe resolución de la entidad pública que tenga en todos y cada territorio encomendada la protección de menores y los acogimientos que estén judicialmente reconocidos) de un ciudadano o bien institución españoles durante dos años sucesivos, aun si continuare en esta situación en el momento de la petición.

      El que, en el instante de la petición, lleve un año casado con un español o bien española y no esté separado legalmente o bien de hecho.

      El viudo o viuda de española o de España, si en el momento de la muerte del cónyuge no estaban separados, de hecho o judicialmente.

    • El nacido fuera de España de padre o madre, (nacidos también fuera de España), abuelo o abuela, siempre y cuando todos ellos originariamente hubieran sido españoles.




  • El que haya nacido en territorio español.

  • El que no ejerció correctamente su derecho a adquirir la nacionalidad española por opción.

  • El que haya estado sujeto legalmente a la tutela (bajo la vigilancia de un tutor), guarda o acogimiento (el acogimiento que deja la reducción de vivienda legal a un año es aquél en que existe resolución de la entidad pública que tenga en todos y cada territorio encomendada la protección de menores y los acogimientos que estén judicialmente reconocidos) de un ciudadano o bien corporación españoles durante dos años consecutivos, aun si prosiguiere en esta situación en el instante de la petición.

    El que, en el instante de la petición, lleve un año casado con un de España o bien de España y no esté separado legalmente o bien en verdad.
    El viudo o viuda de española o bien de España, si en el momento de la muerte del cónyuge no estaban separados, en verdad o judicialmente.

  • El nacido fuera de España de padre o madre, (nacidos asimismo fuera de España), abuelo o bien abuela, siempre y cuando todos ellos originariamente hubiesen sido españoles.

Además, el interesado va a deber acreditar buena conducta civil, y suficiente grado de integración en la sociedad de España.


¿Quienes pueden tener doble nacionalidad?

Pueden tener doble nacionalidad los naturales de países iberoamericanos, de Andorra, Filipinas, G. Ecuatorial o Portugal.


¿Que documentos son necesarios para la nacionalidad por vivienda?


  1. Modelo de solicitud normalizado En caso de presentación en sede electrónica se reemplazará por el formulario on-line

  2. Tarjeta de Identidad de extranjero. Tarjeta de Familiar de ciudadano de la Unión Europea o Certificado del Registro Central de Extranjeros o bien del Registro de ciudadano de la Unión.

  3. Pasaporte completo y en vigor del país de origen.

  4. Certificación de nacimiento del interesado, adecuadamente traducido y legalizado.

  5. Certificado de antecedentes penales de su país de origen, traducido y legalizado, conforme con los Convenios internacionales existentes o certificado consular de conducta expedido sobre la base de consulta a las autoridades eficientes del país de origen

  6. Certificado de matrimonio si el demandante está casado.

  7. Justificante del pago de la tasa

  8. Certificado de antecedentes penales del Registro Central de penados. Puede sustituirse por la autorización de consulta al Ministerio de Justicia consignada en el modelo de solicitud

  9. Certificado de empadronamiento. Puede reemplazarse por la autorización de consulta al Ministerio de Justicia consignada en el modelo de solicitud

  10. Diplomas del Instituto Cervantes de la prueba de conocimientos constitucionales y socioculturales (CCSE) y la prueba de conocimiento del idioma de España (DELE). Puede sustituirse por la autorización de consulta al Ministerio de Justicia consignada en el modelo de solicitud. En el caso de personas nacionales de un país en el que el castellano sea lengua oficial, exentas de la realización del examen DELE con arreglo al Reglamento de nacionalidad por residencia, pasaporte en vigor o certificado de nacionalidad que acredite la exención.




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