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10 Errores MáS Comunes En La RenovacióN De La Tarjeta De ResidenciaRenovar la tarjeta de residencia no es tan sencillo. Estos son los diez errores más comunes que se dan antes de proceder a la renovación de las tarjetas de vivienda y trabajoMiles de ciudadanos extranjeros viven en España con autorización de vivienda y trabajo. Y esta hay que renovarla cada cierto tiempo. Muchas veces se produce la denegación de la renovación por causas que pueden evitarse. Aquí tienes el listado de los 10 errores más habituales en el momento de hacer la renovación de una tarjeta de vivienda y trabajo. 1. Dejar caducar la tarjeta.La tarjeta de vivienda debe ser renovada en los 60 días precedentes a su vencimiento. Cuando le quedan 60 días a fin de que caduque, a partir de ese instante hasta el día de su vencimiento es el plazo correcto de renovación. Ni antes, ni después. Si dejamos caducar la tarjeta más de 90 días después de su vencimiento, ERROR FATAL: QUEDAREMOS EN SITUACIÓN IRREGULAR! 2. Esperar la carta de renovación.No aguardes la carta del Ministerio de Trabajo. Algunas veces, esas cartas jamás llegan. Haz la renovación por tus medios, aunque no te haya llegado ninguna notificación o bien comunicación. La responsabilidad es tuya. 3. No abonar la tasas.setecientos noventa son obligatorias y nos corresponde a nosotros liquidarlas y pagarlas «antes» de la presentación. Si no pagas la tasa o bien si la pagas y no la llevas a extranjería, el expediente no empezará a andar jamás y lo archivarán. 4. Tener el pasaporte caducado.Para renovar la tarjeta, debes tener el pasaporte en vigor. Asegúrate que tu pasaporte no está vencido. Si es de esta manera, renuévalo ya antes de la tarjeta.. 5. Sé bueno! No te portes mal!Si ya antes de renovar tu vivienda has tenido inconvenientes con la Justicia o bien Policía Española vas a tener problemas para conseguir una nueva residencia. España no renueva tarjetas a criminales. Cuidado con pequeños latrocinios, peleas familiares o bien beber conduciendo, estos problemas ocasionan cientos y cientos de denegaciones cada año. 6. Trabaja todo lo posible.Para renovar una autorización de vivienda y trabajo es necesario haber trabajado un mínimo de tiempo. Procura sostenerte el máximo de tiempo trabajando y en el instante de renovación, procura tener un trabajo donde ganes más del salario mínimo interprofesional. Si no trabajas, apúntate al INEM!!! 7. Permanece en España.Si tienes una tarjeta de vivienda debes vivir en España. Jamás abandones España más de seis meses en el periodo de un año. 8. Renueva por internetAhora mismo la mejor forma para poder renovar tu tarjeta o tu permiso de vivienda y/o trabajo es por vía telemática. Así vas a poder agilizar tu proceso y conseguirás tu renovación de forma más veloz. En este caso, para poder hacer la renovación por vía telemática necesitarás de un Igualmente, si no dispones de este certificado digital, siempre vas a tener la opción de acudir a la para poder hacer este trámite. 9. Asesórate bien ya antes de renovar.Muchas veces, contar con de un abogado especialista de tu confianza es la diferencia entre renovar o no tu tarjeta de vivienda. Percibir la consultoría de un letrado no es costoso, lo hacemos telefónicamente por unos euros. Si crees que puedes tener problemas, no dudes, 10. Permanece localizado.Las resoluciones de concesión y requerimientos en caso de problemas se suelen avisar por correo postal. Facilita la dirección adecuada para hacer un buen seguimiento de tu expediente. cita previa nie extranjeros También puedes percibir las notificaciones por vía telemática. Si quieres contar con un equipo experto en materia de extranjería y Nacionalidad De España para la renovación de tu tarjeta y no correr ningún peligro, rellena este formulario y te llamamos. Coste del servicio uno con veintiuno €/min fijo, 1,57 €/min móvil. +18 años impuestos incluidos. Responsable del Servicio Vicente Marín – Abogado Colg 4954 ICAGR Avenida Fernando de los Ríos 11, Portal cinco, Oficina veintidos. dieciocho mil cien Armilla – Granada Si quieres estar al tanto de todas la novedades en materia de Extranjería y Nacionalidad Española te invitamos a que nos sigas en nuestro canal de Youtube, como proseguirnos en nuestra página de Facebook y también Instagram. |
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