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Asignación Nie (Primera Petición)El NIE (Número de Identidad de Extranjero) es un número personal, único y exclusivo que deben de tener, a los efectos de identificación, todos los extranjeros:
a cuyo favor se comience un procedimiento para conseguir un documento que les habilite para continuar en territorio español que no sea un visado a los que se les haya iniciado un expediente administrativo en virtud de lo dispuesto en la normativa sobre extranjería que por sus intereses económicos, profesionales o sociales se relacionen con España En los dos primeros casos, el NIE se otorga en España, de oficio, por la Dirección General de la Policía en España, siempre y cuando el extranjero no se encuentre en España en situación irregular y comunique los motivos por los cuales pide la asignación de dicho número. En el tercer caso, todos los extranjeros que, por sus intereses de tipo económico, profesionales o sociales se relacionen con España, podrán pedir personalmente el NIE a la Dirección General de la Policía o, en caso de que no se encuentren en el instante de la solicitud en España, a la Embajada o bien a los . En consecuencia, si el solicitante tiene previsto estudiar o trabajar en España y, por consiguiente, ir a vivir en un futuro próximo a dicho país, no va a poder presentar la petición a través de la Embajada, sino necesariamente a través de la policía en España (los ciudadanos de Estados miembros de la UE deberán registrarse como tal y de esta manera obtendrán el NIE; los ciudadanos de Estados no miembros de la Unión Europea conseguirán el NIE junto al permiso de vivienda). Para la obtención del NIE mediante la Embajada será necesario contar con un plazo aproximado de una semana, salvo en el caso de que se opte por el envío del NIE por correo postal en lugar de por e-mail, en cuyo caso el plazo podrá ser superior. solicitar cita extranjeria En cualquier caso, los plazos no dependen de la Embajada, sino de las autoridades en España. Documentos y requisitos necesarios para la solicitud Siempre que resulte posible, se ruega que se rellene el formulario en el computador y después se imprima; por favor, no olvide comunicar su dirección de correo electrónico a fin de que podamos mandarle su NIE. 2.- Pasaporte válido (los ciudadanos de la Unión Europea podrán presentar un documento de identidad): original y copia La copia va a deber ir en una página DIN A4; en el caso del pasaporte, se va a hacer la copia de la página en la que sale la fotografía; en el caso del documento de identidad, se hará la copia del anverso y del dorso en una sola página. 3.- Pago de la tasa administrativa nueve con sesenta y cuatro €: en efectivo (solo aceptado en la Embajada en Viena) o en la próxima cuenta bancaria: Titular de la cuenta: Embajada de España en Viena 4.- En caso de que el interesado haya hecho el pago por transferencia, justificante de pago 5.- Si por cierto motivo (por ejemplo, no radicar en Viena o en ciertas ciudades en las que no existe Consulado Honorario, estar hospitalizado,...), no pudiera acudir personalmente a esta Embajada o bien a alguno de nuestros Consulados Honorarios, se admitirá extraordinariamente el envío por correo de la documentación relativa a la petición de NIE, toda vez que la firma del formulario de solicitud de NIE y la copia de su pasaporte o DNI se hayan hecho ante notario y se envíen las correspondientes legalizaciones notariales de esos documentos junto a la solicitud. Asimismo se aceptará poder singular en el que conste expresamente que se capacita al apoderado para presentar la petición de obtención del NIE de la persona interesada. 6.- Caso de que, por no disponer de correo propio, quisiese que se lo mandáramos por correo postal, deberá enviarnos por adelantado un sobre franqueado en el que figure la dirección postal a la que desee que se le remita. 7.- En el caso de menores el padre, madre o bien tutor deberá estar también presente y aportar copia y original de su documento nacional de identidad. |
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