Si Usted Es Detenido O Detenido Por InmigraciónAGOSTO 2007 | version Los inmigrantes detenidos o bien detenidos por Inmigración tienen algunos derechos. Sin embargo, estos derechos cambian si son detenidos o bien detenidos en la frontera o bien en un aeropuerto. En estos casos, los inmigrantes podrán tener menos derechos. Usted seguramente tiene más derechos si es arrestado por Inmigración en el trabajo, en la calle, tras cometer una infracción de tránsito, o bien en casa. Si es arrestado y detenido, es esencial que sostenga la calma y que recuerde las próximas sugerencias: - Usted tiene el derecho de permanecerse callado. Solicite charlar con un letrado.
- No firme nada. Puede ser que al firmar, usted ceda su derecho de tener un abogado o bien de aparecer delante de un juez.
- Apunte el nombre y número de teléfono del fiscal de deportación quien es asignado as su caso.
- No acepte “salida voluntaria” (esto es que, no debe acceder a salir de los U.S.A. de forma voluntaria) sin charlar primero con un letrado. Firmar un pacto de salida voluntaria quiere decir que no va a tener una audiencia, tendrá que salir de los Estados Unidos, y puede ser que nunca le permitirán entrar a los USA o conseguir la legalización de su estado migratorio.
- No firme ordenes de deportación estipulada sin primero hablar con un letrado. Firmar una orden estipulada quiere decir que rinde sus derechos a tener una audiencia en frente de un juez de inmigración y sirve come una orden de deportación concedido por un juez.
- No asuma que los agentes de Inmigración o el juez le van a explicar sus opciones, o bien que le darán la información adecuada. Espere a hablar con un letrado antes de decir o hacer cualquier cosa.
- Usted tiene el derecho de llamar a un letrado o a su familia si usted es detenido. Usted tiene el derecho de recibir la visita de un abogado si ya ha sido detenido (en la prisión de Inmigración).
- Usted tiene el derecho a un abogado, pero el gobierno no pagará ni proveerá ese letrado. Usted deberá de contratar o bien encontrar a alguien que le represente. (Inmigración debe darle una lista de conjuntos a los que puede llamar que proveen consulta legal o representación gratuita o de bajo costo). abogados para extranjeros Si usted es presentado frente a un juez antes de que pueda conseguir un consejo legal, debe pedirle al juez más tiempo para localizar a un abogado.
- Usted tiene el derecho de llamar a su consulado. Los números de teléfono de su consulado están disponibles en la cárcel y se los puede pedir a su fiscal de deportación. Su Consul asimismo va a poder ayudarle contratar a un abogado.
- Cuando consiga a un abogado, debe decirle todo cuanto usted considere esencial sobre su caso de inmigración, incluso si usted ha sido detenido por cometer un crimen. Es esencial que cualquiera que le dé consejos legales conozca todo sobre su caso para que puedan brindarle a usted el mejor consejo. No vale la pena mentir a o bien guardar información de su abogado, en tanto que esto podría dañarle.
- Si usted cree que su jefe lo reportó a Inmigración pues se quejó sobre las condiciones en el trabajo, asegúrese decírselo al abogado. Si su jefe sí lo reportó por tal razón, seguramente pueda hacer una demanda oficial en su contra por represalia.
- En la mayor parte de los casos, Inmigración debe decidir dentro de las primeras cuarenta y ocho horas si se prosigue o bien no con el procedimiento de inmigración (delante de un juez), y puede que sea (o bien no) mantenido bajo custodia o bien puesto en libertad bajo fianza. Tras setenta y dos horas, Inmigración debe darle un aviso de audiencia. Este aviso le da información sobre la data de su audiencia en frente de un juez de Inmigración.
- En la mayor parte de los casos, usted tiene el derecho de solicitar que le pongan en libertad pagando una fianza, o de solicitar una audiencia ante un juez para fijar una fianza. (La fianza que se paga asegura que uestes se aparecerá a sus audiencias frente al juez de inmigración.) Sin embargo, si el juez piensa que no va a presentarse para su audiencia o que es un peligro para otros, emitirá una orden para que prosiga en la prisión detenido.
- Si usted debe salir de los USA, intente hablar con un letrado de Inmigración ya antes de salir. Si sale, puede ser que no le permitan retornar al país por determinada cantidad de años. Es importante saber esto ya antes de salir, pues si retorna ya antes de lo permitido, puede ser arrestado por haber cometido un crimen serio al regresar a entrar al país sin autorización.
- Si usted teme regresar a su país de origen, dígale a su fiscal de deportación y al tribunal de inmigración de forma inmediata. Usted podría someter una petición de asilo o bien otro antídoto.
- Si usted tiene antecedentes penales, es sumamente importante que se comunique con un abogado con experiencia en temas de las consecuencias migratorias de los antecedentes penales. Si usted tiene algún antecedente penal, obtenga un copia cellada de su expediente del tribunal delincuente.
- Si no le han dado una audiencia frente al juez de inmigración, mas ya antes de ir en frente de un juez, es esencial que se comuniqué con su patrón. Si no se le permite una audiencia frente un juez de Inmigración, pregunte por que y avise a su abogado inmediatamente.
- Usted tiene el derecho a un letrado, mas el gobierno no pagará ni proveerá ese letrado. Usted deberá de contratar o localizar a alguien que le represente. (Inmigración debe darle una lista de conjuntos a los cuales usted puede llamar que proveen consulta legal o representación gratis o bien de bajo costo). Si es presentado frente a un juez antes de que pueda obtener un consejo legal, debe solicitarle al juez más tiempo para localizar a un letrado.
- Usted tiene el derecho de llamar a su consulado. Los números de teléfono de su consulado están disponibles en la prisión y se los puede solicitar a su fiscal de deportación. Su Consul también podrá ayudarle contratar a un abogado.
- Si tiene que salir de los E.U., intente charlar con un abogado de Inmigración ya antes de salir. Si sale, es posible que no le dejen regresar al país por determinada cantidad de años. Es esencial saber esto ya antes de salir, pues si retorna ya antes de lo permitido, puede ser arrestado por haber cometido un crimen serio al volver a entrar al país sin autorización.
- Si usted teme retornar a su país de origen, dígale a su fiscal de deportación y al tribunal de inmigración inmediatamente. Usted podría someter una petición de asilo o bien otro antídoto.
- Si usted tiene antecedentes penales, es sumamente esencial que se comunique con un abogado con experiencia en asuntos de las consecuencias migratorias de los antecedentes penales. Si usted tiene algún antecedente penal, consiga un copia cellada de su expediente del tribunal criminal.
- Si no le han dado una audiencia frente al juez de inmigración, mas antes de ir en frente de un juez, es importante que se comuniqué con su patrón. Si no se le deja una audiencia frente un juez de Inmigración, pregunte por que y avise a su abogado inmediatamente.
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