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Qué Es Y Como Se Solicita El Permiso De Residencia

Reunirse con sus familiares de forma legal en España. Convivir con la familia directa. Esta es la esencia de la reagrupación familiar. La oración “me deseo traer a mis hijos o bien mis progenitores a España” hace referencia, en términos generales, a la solicitud del permiso de residencia por reagrupación familiar.

En el sitio web oficial del Ministerio de Empleo se recoge la reagrupación familiar como una autorización de residencia temporal que se podrá entregar a los familiares de los extranjeros residentes en España, en virtud del derecho a la reagrupación familiar”.

Ahora que ya sabes qué es la reagrupación familiar, vamos a explicarte quién puede pedir este permiso de residencia, cuándo y qué requisitos hay que cumplir.

¿Quién puede solicitar el permiso de residencia por reagrupación familiar?

El reagrupante es el miembro de la familia que tiene vivienda legal en España y que cumpliendo con ciertos requisitos podrá reagrupar a sus familiares, llamados reagrupados.

El permiso de vivienda por reagrupación familiar debe ser pedido por el reagrupante. Para ello, debe haber residido en España por un periodo mínimo de un año y tener un permiso para radicar en este país durante, al menos, otro año más. Además de este requisito para la concesión de la reagrupación, el residente en España debe contar con de una vivienda conveniente y medios de tipo económico suficientes. 

¿Qué se considera ingresos económicos suficientes?

El Ministerio de Empleo cifra esta cantidad en el ciento cincuenta por ciento del IPREM para unidades familiares de 2 miembros. Esto es reagrupante y reagrupado. Por cada reagrupado más se demanda contar con de un cincuenta por ciento más del IPREM, o sea, reagrupante y dos reagrupados (cónyuge y también hijo) deberá disponer de ingresos superiores al doscientos por ciento del IPREM. Dentro de estos ingresos se computarán los aportados por familiares de línea directa que convivan con el reagrupante.

Para acreditar esos ingresos, si el reagrupante trabaja por cuenta ajena debe aportar la última declaración del IRPF y su contrato de trabajo, al tiempo que si es autónomo, aparte de su última declaración de la renta, debe aportar la acreditación de estar desarrollando una determinada actividad.

Reagrupación familiar: requisitos y documentación para obtener esta autorización de vivienda temporal 

Además de los requisitos que ya te hemos contado, hay otros requerimientos para reagrupar legalmente a la familia en España. Son los siguientes:


  • Uno de los primeros y más importantes: no encontrarse en situación irregular en nuestro país, tener prohibida la entrada en España o bien encontrarse dentro de un periodo de no retorno.

  • No contar con de antecedente penales en este país ni antecedentes por delitos contemplado en el Código Penal español en otros países.

  • Haber pagado la tasa pertinente para efectuar los trámites de concesión de la reagrupación familiar.

  • No haber contraído una enfermedad considerada de repercusión grave para la salud pública. En la se halla la información referente a este género de enfermedades.  

  • Disponer de cobertura de asistencia sanitaria por parte de la Seguridad Social o contar con un seguro médico privado de enfermedades.

¿A quién se puede reagrupar?

Principalmente, los familiares que pueden ser reagrupados son:


  1. Hijos del reagrupante o bien del cónyuge. En este conjunto se incluyen los menores de edad, hijos adoptados o incapacitados, siempre que no estén casados.  Si se trata de un hijo o hijos de uno de los 2 miembros de la pareja, se debe acreditar que tiene la custodia o bien que ejercita a solas la patria potestad del reagrupado.

  2. Ascendientes de primer grado del reagrupante o de su cónyuge. Es decir, padre o madre de uno de los miembros de la familia. A fin de que esta reagrupación pueda celebrarse, es indispensable acreditar que ese miembro de la familia ha estado al cargo del reagrupante o bien su pareja mientras estos radicaban en España. Para ello, por ejemplo, se pueden aportar los envíos de dinero realizados. En la página del Ministerio se remarca que “para reagrupar a los ascendentes, el reagrupante habrá de ser titular de una autorización de larga duración o bien larga duración-UE”.

  3. Cónyuge o aquella persona con la que mantenga una relación análoga de afectividad. Esto puede darse cuando están inscritos como pareja en algún registro público o bien cuando se pueda acreditar (con pruebas admitidas en derecho) esa relación a pesar de no estar registrada.

¿De qué forma se pide la reagrupación familiar y qué plazo tiene la Administración para solucionar la solicitud?

El reagrupante debe acudir a la Oficina de Extranjería de la provincia y abonar, cuando se acepte a trámite la petición, la tasa de residencia temporal por reagrupación familiar.

En un plazo de cuarenta y cinco días desde su solicitud, la Administración debe responder. Si no lo hace, se comprenderá desestimada por silencio administrativo. Si se admite la solicitud, en el plazo de dos meses el reagrupado debe pedir el visado. Este se puede pedir en el consulado de España donde resida el reagrupado. Para solicitarlo, el reagrupado debe aportar:


  • Pasaporte o bien título de viaje válido en España, con vigencia de, cuando menos, 4 meses.

  • Documentación original acreditativa de los vínculos familiares.

  • Certificado médico.

  • Un certificado de antecedentes penales del país donde hubiese residido los últimos cinco años.

El consulado debe contestar a la petición en el plazo de dos meses. De entregar este documento, el reagrupado va a deber recogerlo en el plazo de un par de meses desde que le avisan su concesión. Si es menor, va a ser su representante legal quien recoja el visado.

Después del visado… El reagrupado debe llegar a España en el plazo de 3 meses

Siguen los plazos cortos. abogados para extranjeria Otorgado el visado, el reagrupado tiene de plazo hasta el momento en que finalice su validez, no superior a tres meses, para llegar a España. Una vez en este país, va a deber pedir la en el plazo de un mes.

La Tarjeta de Identidad de Extranjeros se obtiene en una Comisaría o bien en la Oficina de Extranjería. A fin de que sea facilitada, el reagrupado debe presentar:


  1. Solicitud de tarjeta de identidad de Extranjero, modelo EX–17.

  2. Tres fotografías recientes y en color.

  3. Justificante del pago de las tasas de la tarjeta.

Como has podido revisar, los trámites y requisitos son numerosos y los periodos de tiempo muy cortos. Por eso, para realizar todos los trámites de reagrupación familiar seguramente, consulta con un letrado experto.  

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