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Preguntas Usuales Sobre La SituacióN Como Extranjero

(Esta guía se actualizará de manera continua dependiendo de la sucesión de sucesos en el estado de alarma) (Última actualización: jueves veintitres de abril de 2020)

Preguntas Usuales sobre mi situación como extranjero/a en España a lo largo del estado de alarma:


  • ¿Qué sucede con mi trámite de extranjería?

  • ¿Y con mi trámite de protección internacional (asilo)?


En SJM hemos preparado este breve recopilatorio de preguntas y contestaciones en el que procuramos proponer y resolver dudas y cuestiones que pueden surgir a personas migrantes y solicitantes de asilo a lo largo de los días en los que se ha decretado el estado de alarma en España. En este periodo las administraciones públicas han cerrado sus puertas y suspendido la mayoría de los trámites presenciales. En este documento pretendemos dar respuesta a algunas de las preguntas que pueden surgir en este contexto. 

La atención personal en las distintas ciudades en las que están presentes hasta nuevo aviso. Sin embargo, a lo largo de este periodo surgen muchos interrogantes que demandan información y tranquilidad.

¿Hasta cuándo está previsto que dure el estado de alarma en España?

El día pasado 14 de marzo el Gobierno de España decretó el estado de alarma a lo largo de un plazo de 15 días naturales, hasta el 29 de marzo. Sin embargo, el Gobierno ha propuesto al Congreso de los Diputados sucesivas ampliaciones del estado de alarma por quince días auxiliares y el pasado veintidos de abril el Congreso aprobó la última. Por consiguiente, la situación de estado de alarma queda ampliada hasta el diez de mayo.

El Gobierno puede ampliar nuevamente el estado de alarma si estima que las circunstancias que dieron sitio a su declaración inicial persisten, y si el Congreso de los Diputados se lo autoriza. Por lo tanto, no sabemos con certeza hasta en qué momento va a durar.

 1. TRÁMITES DE EXTRANJERÍA

Tengo que efectuar un trámite de extranjería ante la Administración en estos días. ¿Puedo acudir? ¿Y si tenía una cita para esto pedida desde hace cierto tiempo?

Lamentablemente todas y cada una de las Administraciones que realizan trámites reportajes de extranjería y protección internacional han cerrado las atenciones presenciales, salvo casos previstos expresamente y excepcionales, durante la vigencia de la actual situación de estado de alarma.

Por lo tanto, todas las citas anteriormente acordadas han sido canceladas. Si el trámite que debes hacer necesariamente es presencial, como puede ser acudir a efectuar el trámite de huellas de tu tarjeta de vivienda o del documento identificativo como demandante de protección internacional- asilo- o bien a realizar la entrevista o segunda entrevista de protección internacional, tendrás que prestar atención a conseguir una nueva cita en cuanto concluya el estado de alarma.

No tenemos certeza sobre precisamente de qué forma va a funcionar respecto al sistema de citas la oficina de extranjería de tu provincia de vivienda una vez finalice el estado de alarma.

En cualquier caso, si la cita la solicitaste tú, es posible que recibas un mensaje de móvil (SMS) o bien un correo (en la dirección de correo que facilitaste) por parte de la Oficina de Extranjería dándote una nueva cita. Si esto no ocurre, puesto que tendrás que solicitar una nueva cita por tu cuenta.

Si la cita te la pidió un amigo/a, abogado/a o bien trabajador/a social, pídele que te informe si recibe tu cita por mail o móvil (SMS).

Además, recuerda que con la declaración del estado de alarma la circulación por los espacios públicos está limitada a causas inusuales y lo mejor es que te quedes en casa o en el centro de acogida/ centro de migraciones donde hoy día radicas.

Pero, la documentación que iba a presentar en mi cita, como el certificado de antecedentes penales de mi país, me caduca en las próximas semanas…

La Administración va a reconocer como válidos los documentos que hayan caducado a lo largo del actual estado de alarma, así que incluso de esta manera podrás aportarlos. Si te da más tranquilidad dejarlo presentado mientras se encuentra en período de validez, siempre y en todo momento puedes decantarse por presentarlo por vía telemática (en internet) en los sitios oficiales que explicamos más adelante.

Tengo un procedimiento de extranjería pendiente de resolver, ¿Me podrían responder durante el estado de alarma?

Las instrucciones que ha dado la Administración a los funcionarios de extranjería es resolver los expedientes que no precisen de trámites siguientes (como, por ejemplo, requerimientos) y que vayan a solucionar favorablemente. Conque, si tu expediente está completo y cumple los requisitos, es posible que sí te contesten.

La oficina de extranjería me ha hecho un requerimiento y me han dado solo 10 días de plazo para contestar, o, me ha denegado una petición de extranjería y tengo un mes para recurrirlo, ¿lo debo contestar ahora?

El gobierno central ha declarado, a la vez de declarar el estado de alarma, la suspensión de los plazos administrativos. Esto quiere decir que los 15 días iniciales que dure el estado de alarma (y las ampliaciones del mismo) serán todos inhábiles y no van a contar en los plazos que tienes con la Administración. Considera tal y como si todos los días del estado de alarma fueran domingo. Una vez se declare la finalización del estado de alarma, volverán a contar los días hábiles.

Por ejemplo, si el día miércoles 11 de marzo te notificaron que tienes un plazo de diez días hábiles para presentar un documento, únicamente contarán como días hábiles el doce y 13 de marzo. Desde entonces se halla paralizado el plazo. Si el estado de alarma concluye efectivamente el 12 de abril, a partir de esa fecha te quitarán ocho días hábiles de plazo para cumplir con lo requerido. O sea, en este caso, hasta el miércoles veintidos de abril.  

Tengo la tarjeta de vivienda caducada. ¿Su valía se prorroga automáticamente con la declaración del estado de alarma? ¿Con qué plazo cuento para renovarla?

La normativa de extranjería establece como norma general que tienes de plazo hasta noventa días naturales- tres meses- después de la caducidad de tu tarjeta de vivienda para pedir su renovación. Si no lo haces, pasas a estar en situación irregular en España.

La Administración no ha aclarado que la vigencia de los permisos de vivienda quede extendida, con lo que no podemos asumir que de esta forma sea.

Por lo que, si sabes o bien prevés que el plazo de 90 días para renovar tu permiso de vivienda van a trascurrir durante el tiempo de estado de alarma, procura presentar la renovación por medio de medios electrónicos. Esto lo puedes hacerlo mismo o bien a través de alguien que te represente y tenga un certificado digital para presentarlo en internet, a través del o bien la .

Las oficinas de extranjería están ya listas para esta situación. Considerarán la solicitud de renovación presentada y, si bien le falten documentos, pedirán la subsanación sin que el plazo comience a contar hasta que concluya el estado de alarma.  

Entonces… si estoy sin papeles y me encuentro con la policía en la calle, ¿me pueden detener? ¿pueden internarme en un Centro de Internamiento de Extranjeros- CIE- para intentar expulsarme a mi país?

La tendencia actual en los centros de internamiento de extranjeros es la resolución de adoptar medidas de puesta en libertad de los actuales internos por las dificultades para ejecutar las repatriaciones a sus países de origen. No obstante, las leyes de extranjería prosiguen estando en vigor y no podemos asegurar que no vaya a haber o esté habiendo detenciones por no estar radicando legalmente en España durante el tiempo del estado de alarma.

Por lo que, si estás pendiente de regular tu situación, es mejor que te quedes en casa preparando tu expediente y tu porvenir. Por tu seguridad, y porque nuestras autoridades sanitarias nos lo solicitan para intentar evitar la propagación de la enfermedad.

¿Qué puedo hacer si soy víctima de un delito en este período de estado de alarma?

A pesar de la situación excepcional, las leyes penales españolas prosiguen absolutamente en vigor. Si eres víctima de un delito, puedes llamar al teléfono emergencia- ciento doce- de emergencia policial- noventa y uno- o de guarda civil- 062- y te indicarán cómo actuar. Si prefieres no usar la vía telefónica, por problemas de idioma o de otra clase, puedes desplazarte a una comisaría de policía o guarda civil cercana, que están todas y cada una abiertas al público para denuncias.

También te recordamos que los servicios de apoyo y denuncia para víctimas de violencia de género continúan funcionando. Puedes llamar al 016 durante las veinticuatro horas del día, donde te pueden asesorar hasta en 52 idiomas. Encuentra .

Recuerda que no serás sancionada por estar en la calle si has salido de tu casa o bien centro de acogida debido a una situación de emergencia y con el propósito de dirigirte a las autoridades a denunciar la situación.

 Estoy de visita en España y no voy a poder volver a mi país hasta que concluya la urgencia sanitaria. Tras los noventa días a los que tengo derecho a estar en España, ¿estaré en situación irregular?

No. cita para poner huellas La Administración ha extendido el plazo de tu estancia legal en España si no puedes regresar debido a la emergencia sanitaria. Por lo que, por lo menos en el tiempo que dure la declaración del estado de alarma en España, y asimismo mientras tu país no deje la llegada de personas provenientes de España, estarás en situación regular en España.

Estoy en el sistema de acogida del Programa de Atención Humanitaria a Inmigrantes  (PAHI), ¿hay posibilidades que pierda mi plaza durante el estado de alarma?

En principio, no deberían tramitarse bajas del sistema de acogida mientras dure el estado de alarma en España. Además, para colectivos vulnerables puede pedirse una prórroga de la plaza de acogida. En su caso, háblalo con el/la profesional de referencia (trabajador o educador social) del programa.

 dos. PERSONAS DEMANDANTES / O CON VOLUNTAD DE PEDIR PROTECCIÓN INTERNACIONAL (O ASILO)

Estoy en España y deseo pedir asilo, ¿de qué manera puedo hacerlo?

La solicitud de asilo, o bien protección internacional, se realiza por medio de un trámite presencial como es la entrevista de asilo. Actualmente esas entrevistas, así como la asignación de citas para hacer esas entrevistas, se hallan suspendidas. Procura descubrir cómo funciona el sistema de citas para pedir asilo en tu urbe o provincia de residencia para realizarlo justo después del alzamiento del estado de alarma.

Si ya tienes una cita para la entrevista de asilo y te hallas en la frontera, CIE o aeropuerto habla con tu abogado/a de referencia pues posiblemente el procedimiento de tu petición asilo se realice por el procedimiento de territorio lo que en algunos casos podría favorecerte.

Pero soy demandante de asilo y mi tarjeta roja está muy próxima a caducar. ¿Puedo seguir percibiendo ayudas del sistema de acogida?

Sí. La Administración responsable ya ha previsto esta situación y considerará tu documentación provisionalmente válida a pesar de estar caducada. Comenta los detalles con los técnicos de tu centro de acogida o bien Organización no Gubernamental de referencia en el sistema de acogida.

Aún no he efectuado la entrevista de formalización de petición de protección internacional, pero ¿podría pedir acceso al programa de protección internacional?

Sí, puedes. Háblalo con el trabajador social de referencia del programa PAHI o bien de la fase de acogida del programa de protección internacional.

Estoy en el sistema de acogida para solicitantes de protección internacional, ¿hay posibilidades que pierda mi plaza durante el estado de alarma?

No se gestionará ninguna baja del sistema de acogida mientras dure el estado de alarma en España. Si te hallas en la primera fase y va a terminar sin que tengas alternativa habitacional, se te pedirá una prórroga de un mes o bien hasta el momento en que concluya el estado de alarma.

Quiero viajar a España en estos días, ¿es posible?

Debido a la situación de emergencia sanitaria, España ha reforzado su control fronterizo. Desde el pasado diecisiete de marzo y hasta el próximo día once de abril (), las fronteras de España con otros estados de la UE- Portugal y Francia- asimismo están sujetas a controles policiales de acceso. En principio, si eres residente legal en España, o trabajador(a) transfronterizo, podrás acceder.

Si no tienes una autorización de vivienda en España, es realmente posible que no te dejen acceder en los controles reportajes, tanto de las fronteras interiores con la UE, como en la frontera entre España y Marruecos.  

Si te impiden el acceso a territorio de España, recuerda que puedes solicitar que te avisen por escrito los motivos para el obstáculo, así como la posibilidad de tener asistencia letrada gratis y también intérprete, si lo necesitas.

Si deseas entrar en España por el hecho de que tu vida o integridad física corren peligro en tu país de origen o en el país en el que estás, consigue el contacto de alguna asociación, organización sin ánimo de lucro o bien abogado/a que esté en España – preferiblemente en la ciudad a la que desees entrar – para que te indique de qué forma proceder.

Para cualquier otra duda o bien consulta, puedes escribir a

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Puedes escribirnos por WhatsApp en el +34 691 130 ochocientos sesenta y cuatro.




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