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Recursos En ExtranjeríA: Demanda Tu Petición Denegada

¿La solicitud inicial de tu permiso de residencia o bien renovación de tarjeta ha sido denegada? Entonces despreocúpate. ¡Tiene solución y es más simple de lo que crees! En el presente artículo te explicamos al detalle de qué forma ejecutarla. Analizaremos todo cuanto has de saber sobre los recursos en materia de extranjería para apelar a resoluciones de la administración, con los que podrás conseguir tu tarjeta tras una denegación. Veremos los diferentes tipos (recursos de alzada y de reposición), requisitos, plazos y cómo funcionan exactamente.

Un recurso es una notificación a la oficina de extranjería por la que anunciamos que no estamos de acuerdo con la resolución tomada con relación a nuestro expediente, y pedimos de manera explícita que se vuelva a estudiar detenidamente.

Se trata de un escrito de carácter formal en el que comunicamos el desacuerdo con la denegación de nuestra solicitud de vivienda o renovación y pedimos una revisión basándonos en un motivo viable y contemplado por la ley.

De forma más técnica, el recurso permite al ciudadano extranjero recurrir las decisiones de la administración pública, sea cuál sea su situación legal.

Es decir, supón que has presentado tu petición para conseguir tu arraigo social, tarjeta comunitaria, reagrupación familiar o la renovación de tu vivienda de larga duración. Después de preparar toda la documentación, dedicar tiempo y dinero y esperar durante tres meses… y ves una respuesta desfavorable: no te conceden la tarjeta.

Será en esos casos en los que debas presentar un recurso, en tanto que éste te permitirá “discutir” la decisión y lograr una petición favorable por último.

En ese sentido, ¿a qué órganos o bien instituciones puedes recurrir? 

A decisiones o bien resoluciones tomadas por parte de la oficina de extranjería, delegaciones o bien subdelegaciones del gobierno, y por los diferentes consulados españoles repartidos por todo el planeta.

En materia de extranjería encontramos dos tipos de recursos diferentes que nos dejarán apelar la resolución de una petición rechazada:

  • Recurso de reposición, si el órgano competente que decide es exactamente el mismo que rechazó la solicitud (se halla al mismo nivel jerárquico). .
  • Recurso de alzada, si el órgano encargado es el inmediatamente superior a nivel jerárquico del que rechazó la solicitud (de ahí su nombre “alzada”). O sea, si hemos pedido la residencia y ha sido rechazada por la parte de la oficina de extranjería, el recurso de alzada irá dirigido a la delegación o bien subdelegación del gobierno pertinente.

No obstante, debemos tomar en consideración que ambos son recursos administrativos; esto es, es el poder Ejecutivo quién decide (la Administración Pública).

Pero hay más.

Imaginemos que hemos emitido un recurso de alzada, y este ha sido desestimado. En ese caso vamos a haber agotado la vía administrativa, y podremos pasar a la vía judicial en lo que se conoce como un recurso contencioso-amdministrativo. El plazo aquí es superior, ya que puede tardar hasta tres meses, y será el Poder Judicial quien decide (Juzgados o Tribunales). cita de nie

Es esencial mentar que no podemos acceder a la vía contenciosa (si estamos en desacuerdo con la resolución del órgano ejecutivo) hasta el momento en que no hayamos pasado antes por la vía administrativa. Esto es, no puedes saltar de manera directa a hacer un recurso contencioso sin haber hecho ya antes uno administrativo.


¿Vale la pena presentar recurso? Principales ventajas

Si te han rechazado la solicitud inicial o bien renovación, nuestra recomendación es iniciar un recurso SIEMPRE.

Y esto tiene una serie de motivos o ventajas que hacen que el recurso solo pueda beneficiarte:

  • En primer lugar, no hay ninguna tasa ni costo asociado, realizarlo es totalmente gratuito.
  • Estarás más protegido /a legalmente y no podrás percibir un expediente de expulsión, ya que eso sería ilegal (en el caso de percibir uno, lo podrías recurrir).
  • Del punto anterior derivamos que durante el recurso seguirás disponiendo del derecho a vivir legalmente en España; esto es, recibes el derecho de estancia.
  • Pasado un mes, volverás a tu situación anterior (ya sea residencia en trámite o renovación en trámite); por lo que puedes volver a residir/trabajar legalmente.
  • Al mismo tiempo que el recurso está en marcha puedes regresar a presentar tu solicitud o bien una distinta; con lo que tus probabilidades de éxito veloz aumentan.

Como ya  hemos comentado, se trata de un escrito de carácter formal que deberás preparar y dar.

Tienes 1 mes para presentar el recurso ante el órgano que emitió la denegación (o bien frente al superior jerárquicamente) desde el día después al que recibiste la notificación denegatoria.

Y acá hallamos una consideración esencial, pues no debemos confundir con el plazo en el que se dicte sentencia.

Es decir, si la solicitud de tu tarjeta o renovación se califica como rechazada el día 30 de enero, pero no recibes la notificación pertinente hasta el 15 de febrero, el plazo de un mes no comienza a contar hasta el dieciseis de febrero. Y acabaría el 16 de marzo, puesto que no se cuenta en días, sino en mes entero.

Por otro lado, y para seguir con el proceso legal, aunque mandes tu recurso a la oficina de extranjería, va a ser el órgano superior quien lo resuelva: un juez.

Este juez emitirá sentencia y la va a mandar a la oficina de extranjería. Una vez lo analicen, y si sale conveniente, te van a hacer llegar una carta con la estimación favorable. Y eso es comparable a cuando consigues un permiso por primera vez: vas a deber pedir cita para las huellas y recoger tu tarjeta.

Es muy importante que comprendas que no hay una fórmula mágica o bien plantilla que sea válida para confeccionar todos y cada uno de los recursos. Cada caso es particular y plenamente diferente, y crear un recurso personalizado y basándonos en las necesidades del caso en cuestión será la única forma de que tenga éxito.

No obstante, te dejamos el listado de elementos comunes que cualquier recurso debe incluir:

  • Nombre y apellidos del extranjero
  • El acto por el que se está recurriendo y la razón de la impugnación
  • Órgano o corporación a la que mandamos el recurso, con su pertinente código de identificación
  • Todas las particularidades que nos dejan apelar la resolución de manera razonable y basándonos en supuestos legales
  • Fecha, firma y sitio de firma del recurso

Como conclusión, si bien es cierto que lo podrías crear y presentar tu mismo el recurso incluyendo estos elementos, no es una cosa que te recomendemos. Pues, de nuevo, redactar uno requiere conocimiento sobre la ley.

Es decir, si realmente quieres que sea efectivo deberá estar preparado por un abogado tras estudiar el caso al detalle. ¿Por qué razón? Para advertir algún fallo en la resolución, minimizando de esta forma las posibilidades de una segunda denegación.

Así, sencillamente debes mandarnos un e-mail a y nuestro te va a ayudar a confeccionar el tuyo y a lograr que admitan por último tu solicitud de vivienda.


¿Cuánto tarda un recurso de alzada?

El tiempo máximo que la administración tiene para dar contestación es de tres meses, tanto para el recurso de alzada como para el de reposición.

No obstante, conforme en la comunidad autónoma en la que te halles es probable que tarde menos de 90 días. Pues la demora depende en buena medida del número de solicitudes a repasar, y en aquellas zonas en las que hay menos extranjeros los trámites van considerablemente más rápido.

Ten en cuenta que si pasado ese plazo temporal de 1 mes no has recibido contestación, el recurso se comprenderá como desestimado por silencio administrativo negativo.

¿Qué puedes hacer entonces? En un caso así ya se te abre la vía contencioso-administrativa, con lo que podrás apelar a la decisión de la administración pública ante un tribunal o juzgado.


Si me han rechazado la tarjeta y he interpuesto un recurso, ¿puedo viajar?

No. Si has interpuesto un recurso administrativo no puedes salir de España. Puesto que tendrías serios problemas al volver e procurar regresar a entrar al país.

Es decir, no es exactamente lo mismo que cuando hay una renovación en trámite, instante en el que se puede . Esta autorización de regreso acredita que nuestra tarjeta esta siendo renovada, y actúa como comprobante, reemplazando a la propia tarjeta.

No obstante, si iniciamos un recurso es porqué nuestra renovación o solicitud inicial han sido rechazadas, por lo que no es equivalente a estar en trámite. De ahí que que no vamos a poder solicitar una autorización de regreso y entrar libremente de vuelta.

Nuestra recomendación es que te quedes en España a lo largo del mes que tarde la resolución del recurso.


La mejor manera de que lograr un recurso favorable

Sin duda se trata de un instante crítico. Te terminan de rehusar la petición de residencia, y el recurso es tu última opción alternativa. Si lo rechazan también, vas a deber salir de España obligatoriamente y pierdes la posibilidad de residir en el país.

Por lo que asegurarte de que el recurso es conveniente es esencial.

¿Cuál es la clave del éxito en ese sentido?

Pues bien, existe una estrategia infalible y a la que deberías acudir sin sitio a dudas: eludir tener que recurrir.

La clave de un recurso favorable es eludir que te rechacen tu petición de renovación o de tarjeta inicial. De esta manera de fácil.

Para ello tienes que tener en consideración cuáles son los requisitos concretos para tu trámite. Si te aseguras de cumplir , es prácticamente imposible que rechacen tu petición, por lo que jamás tendrás que llegar al punto de precisar recurrir.

Así, nuestro consejo es que hables con una abogado antes que nada.

Infórmate de manera pormenorizada qué se necesita para solicitar tu permiso de vivienda o renovarlo, y deja que se ocupen de todo.

Tener que recurrir es una situación nada ideal, mas con un poco de planificación anterior la vas a poder evitar.

En ese sentido, nuestro equipo de abogados está a tu disposición para ayudarte con tu trámite:




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