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Visas Eeuu No InmigrantesIniciamos con este una serie de artículos relativos al derecho migratorio de los U.S.A.. Entre otras, se apuntan ciertas vías para realizar inversiones, como todas las cuestiones relativas a actividades empresariales en tal país. La segunda fuente más grande de inversores para Florida (EEUU) es Europa, siendo la primera Latinoamérica. Este artículo es un breve resumen de las Visas más favorecidas por los empresarios e inversionistas en los E.U.. Con la crisis inmobiliaria y bancaria en el Estado de la Florida, cientos de nuevas ocasiones empresariales se han abierto para todos y cada uno de los niveles de inversionistas Europeos. La razón es fácil, el idioma en tanto que la lengua franca de negocios en la ciudad de Miami es el castellano, vuelos directos y diarios entre la capital de España ( las Grandes capitales Europeas) y Miami, seguridad, estado de derecho y facilidades de inversión y también inmigración para los empresarios y también inversores. ¡Si se preguntan si hay inversiones para todos, la respuesta es rotundamente que SI! Se puede hallar en precios muy descontados o en remate pisos de lujo en frente de las conocidas playas de “South Beach”, “Brickell Avenue”, hoteles y proyecto de condominios, y hasta bancos. Hacerlo es más fácil de lo que muchos empresarios y también inversores piensan, puesto que existen muchos despachos de abogados españoles situados en la ciudad de Miami que pueden asesorarlos sobre las leyes de los dos países. Cuando el empresario o inversor ya esté listo para empezar los trámites de adquirir o adquirir un negocio o bien inversión en Florida, hay que pensar en la forma más recomendable de gestionar una visa a EEUU para poder visitar frecuentemente y sin demoras en las líneas o bien preguntas inacabables en la oficina de la inmigración americana, con el visado de turista o bien el programa de “Visa Waiver”. Las leyes de los EEUUA no contemplan una vivienda en verdad o una residencia inmediata, salvo un cónyuge, padre o bien hijo mayor ciudadano de los EEUUA. El Código de Inmigración de los U.S.A. establece múltiples categorías de visas no-inmigrantes para aquellos extranjeros que desean entrar a los EEUUA por distintas razones. Ciertas de estas le permiten al extranjero trabajar, bajo ciertas condiciones, en los Estados Unidos. Todas y cada una son muy específicas en lo que se refiere a las condiciones bajo las cuales el extranjero puede entrar y permanecer en el país. El proceso de petición de las visas, y los periodos máximos de estadía asimismo varían. Ciertas visas conceden algunos beneficios a los cónyuges y también hijos menores de 21 mientras que otras no. Para las visas que ahora se especifican, no importa la ciudadanía o nacionalidad del extranjero, excepto para las visas E. Para todas las demás todos los requerimientos y todos los requisitos se aplican igual, no obstante el hecho de que sean portadores de ciertos pasaportes. Al igual, aquellas personas que son ciudadanos de países a los que no les hace falta visa para entrar a los EEUUA como turistas, o como visitantes de negocios, tienen que cumplir con los mismos requisitos. B1/2 Visitantes por turismo o bien negocio E Inversionista o Negociante por Tratado H Profesional L Intercambio de Ejecutivo o Gerente EB-cinco dólares americanos 500k a dólares americanos 1 Millón Inversión Comercial o en Región designada por el EEUU En términos simplificados Visas para Empresarios y Inversores tienen estos caracteres. La Visa E es para Inversor o Negociante por Tratado con los Estados Unidos. España y los U.S.A. han firmado este tratado. Inversionistas, mercaderes y sus empleados pueden percibir visas para abrir negocios. Tienen que venir de un país que tenga un tratado comercial con los USA. La Visa H1-B es para Profesional Trabajadores profesionales con cuando menos un grado de licenciatura (o bien su equivalente en experiencia), son elegibles para una visa si tienen un empleador y serán remunerados de igual manera que un trabajador americano de su categoría. Con esta Visa el empresario o bien inversionista puede aplicar para la residencia permanente en los E.U. después de tres años y a la Nacionalidad de los E.U. después de 3 años. La Visa EB-1, se les otorga a Extranjeros con Extraordinarias habilidades, Destacados Profesores, Investigadores y Ejecutivos. Éstas personas en general tienen ofertas de empleo, pero deben probar que ningún ciudadano americano podría desempeñar ese trabajo tan bien como ellos. En el caso de probar que su residencia es de interés nacional, los requerimientos para la oferta de empleo y el certificado de labor son suspendidos. La Visa EB-3, se les da a Profesionales y Trabajadores Calificados. La Visa EB-5 es para Inversores que contemplan invertir $ 500k a dólares americanos 1 Millón en una Inversión Comercial o bien en Zona designada por el Estados Unidos. Bajo el acta de Inmigración del Congreso de mil novecientos noventa, se han dado 10,000 visas al año para inversionistas que generan empleo a 10 personas. Inversores bajo este programa invierten al menos dólares americanos 500,000 en áreas rurales, o áreas de desempleo, singularmente determinados y calificado por el gobierno de los Estados Unidos. Con esta Visa el empresario o bien inversionista puede aplicar para la residencia permanente en los Estados Unidos después de dos años, y para la Nacionalidad de los USA después de tres años. En Conclusión: Miguel F. Mirabal-Senra |
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