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Pasaporte Ordinario Para Personas Mayores De Edad

¿Eres mayor de dieciocho años? ¿Quieres viajar al extranjero? El pasaporte es un documento oficial de viaje, probativo de nacionalidad y también identidad, que pide a las autoridades extranjeras proporcionen ayuda y protección.

cita huellas nie entregando uno de los siguientes documentos:

Copia certificada del expedida por la oficina del Registro Civil mexicano*

Copia certificada del acta de nacimiento expedida por las Oficinas Consulares

Carta de Naturalización

Declaratoria de nacionalidad mexicana por nacimiento

Certificado de nacionalidad mexicana

* El registro de nacimiento no ha de ser intempestivo (ocurrido después de los primeros 3 años de vida), si rebasa la temporalidad deberá presentar

Nota: La copia fotostática ha de ser inteligible, en blanco/negro y será aceptada con el anverso (delantero) y reverso (vuelta) en exactamente el mismo frente de la hoja. Cuando el tamaño del documento no lo permita, las copias deberán ser en hojas separadas.

Consulta el “Aviso de privacidad”

Acreditar identidad presentando alguno de los siguientes documentos oficiales con fotografía y firma del titular, cuyos datos deberán coincidir fielmente con los del documento con el que esté acreditando la nacionalidad: 

Credencial para votar del Instituto Nacional Electoral (INE/IFE)

Cédula Profesional

Título Profesional

Carta de Pasante

Cartilla de Identidad del Servicio Militar Nacional liberada

Credencial del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores (INAPAM)

Cédula de Identidad Ciudadana

Certificado de Matrícula Consular de alta seguridad

Carta de Naturalización

Certificado de nacionalidad mexicana

Declaratoria de nacionalidad mexicana por nacimiento

Credencial de servicios médicos de una corporación pública de salud o bien seguridad social

Credencial para jubilados o bien pensionados

Credencial nacional para personas con discapacidad

Nota: La copia fotostática ha de ser legible, en blanco/negro y será admitida con el anverso (delantero) y dorso (vuelta) en el mismo frente de la hoja. Cuando el tamaño de la identificación no lo deje, las copias deberán ser en hojas separadas.

Consulta el “Aviso de privacidad”

A partir del 1° de julio de dos mil dieciocho, el requisito de la entrega de fotografía para el trámite de pasaporte se suprime

Las salvedades al requisito de entrega de una fotografía tal pasaporte, sin lentes, cabeza descubierta, de frente, color con fondo blanco y haya sido tomada últimamente, son las siguientes:

  1. Eres mayor o bien menor y tu nombre cuenta con algún carácter como guiones, diéresis, números o bien tildes
  2. Eres menor de edad y los dos, o alguno de tus progenitores o quienes ejercitan patria potestad o bien tutela, no pueden acompañarte y enviarán el permiso para la emisión del pasaporte desde una Delegación distinta a la que asistirás, o bien desde un Consulado de México en el exterior (OP7 remota)
  3. Eres menor y tus progenitores, o quienes ejercitan patria potestad, son del mismo modo menores de edad, y no cuentan con pasaporte actual para identificarse
  4. Eres mayor de edad y recién cumpliste dieciocho años, y no cuentas con una identificación oficial con fotografía de las descritas en los requisitos para el trámite de pasaporte. En este caso, debes primero tener un dictamen favorable por parte de la Delegación de la SRE, asiste a pedir información
  5. Eres mayor de edad y tu firma es tu huella digital
  6. Eres una persona de la tercera edad y utilizas como medio de identificación la credencial del INAPAM, que no detalla el dato de data de expedición
  7. Quieres renovar tu pasaporte y requieres una corrección en la data de tu nacimiento
  8. Programaste tu cita a través del centro de contacto telefónico y deseas renovar tu pasaporte conservando tu nombre con el apellido de casada.

Si te sitúas en uno de los anteriores supuestos deberás dar una fotografía con las características arriba señaladas.

Nota: Consulta el “Aviso de privacidad”

Entregar comprobante del pago de derechos

Nota: Consulta el “Aviso de privacidad”

En caso de requerir la integración del apellido de su cónyuge en el apartado pertinente que se halla dentro de la hoja de datos del pasaporte, deberá entregar uno de los siguientes documentos:

Copia certificada del acta de matrimonio expedida por la oficina del Registro Civil mexicano

Copia certificada del acta de matrimonio expedida por las Oficinas Consulares mexicanas

Nota: El nombre del demandante del pasaporte, será estrictamente acorde al acta de nacimiento o carta de naturalización y, en ningún caso, se pondrá la preposición “De” más el apellido del cónyuge. Solo se ingresará en el apartado “Apellido del cónyuge” lo que corresponda.

Nota: Consulta el “Aviso de privacidad”

En en el caso de que la Secretaría no haya sido notificada del juicio para la reasignación para la concordancia sexo-genérica o bien del trámite administrativo de identidad de género, el solicitante podrá entregarlo en la Delegación.

En caso contrario, la Secretaría lo pedirá a la Oficina Central del Registro Civil de la Urbe de México, por lo que el tiempo de contestación queda sujeto al que establezca dicha autoridad.

Si en el proceso de verificación del acta de nacimiento, se advierte que el acta de nacimiento primigenia no ha sido reservada, el demandante va a deber efectuar el procedimiento pertinente de conformidad con la legislación aplicable.

Presencial: Con previa cita en las cuarenta y cinco Delegaciones de la Secretaría de Relaciones Exteriores o en las Oficinas Estatales y Municipales de Link con la SRE.

Citas vía telefónica: Sin costo llamando al ochocientos ocho mil diez 773, de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 horas y sábados de 09:00 a 14:00 horas.

En las Delegaciones de la Secretaría de 08:00 a 15:00 horas de lunes a viernes.

Las Delegaciones Benito Juárez, Cuajimalpa y Cuauhtémoc, situadas en la Ciudad de México, adicionalmente prestan servicio sábados y domingos de 08:00 a 15:00 horas.




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