Tampa Inmigración Abogado¿A usted o a un miembro de su familia le gustaría vivir, trabajar o ir a la escuela legalmente en los Estados Unidos? ¿Tiene un familiar o amigo que encara un proceso de deportación? ¿Está usted o bien alguien que conoce tratando de ganar una tarjeta de vivienda y algún día transformarse en un ciudadano de los Estados Unidos?Los abogados de Lorenzo y Lorenzo están comprometidos a servirle en todas sus necesidades de inmigración, incluyendo pero no limitado a:
- Naturalización y Ciudadanía
- Green Card / Vivienda Permanente
- Deportación y Remoción de Defensa
- Detención y Fianza
- Asilo
- Ajuste de Estatus
- Visas
- Permisos de Trabajo
- Ciudadanía y Naturalización
La forma más habitual para transformarse en un ciudadano de USA es mediante la naturalización. Usted puede ser seleccionable para recibir la ciudadanía de EE.UU. si:
- Usted nació fuera de los Estados Unidos pero tiene cinco años de vivienda permanente en los EE.UU. y al menos la mitad de dicho tiempo estuvo físicamente presente en los EE.UU., sin periodos de ausencia de más de seis meses. abogados especialistas en inmigración
- Usted ha sido un residente permanente por 3 años, quien en la actualidad está casado(a) con un ciudadano(a) de los EE.UU., y ha estado casado(a) con exactamente el mismo ciudadano(a) de los EE.UU. durante los últimos 3 años.
- Usted ha servido en las Fuerzas Armadas de los EE.UU. por un mínimo de 3 años.
- Usted estuvo en servicio activo en las Fuerzas Armadas de EE.UU. a lo largo de la Primera Guerra Mundial, la Segunda Guerra Mundial, Corea, Vietnam o el Golfo Pérsico.
- Usted estuvo casado(a) con un ciudadano de EE.UU. que murió durante un período de servicio activo honorable en las Fuerzas Armadas EE.UU.
- Usted sirvió en un navío operado por los EE.UU. y ha sido un residente permanente de EE.UU. en los últimos cinco años.
- Usted es un empleado o una persona contratada por el Gobierno de los EE.UU. y ha sido un residente permanente de EE.UU. en los últimos cinco años.
- Usted es una persona que ejercita funciones ministeriales o bien sacerdotales de una confesión religiosa o bien una organización interdenominacional con una presencia válida en los EE.UU., y ha sido un residente permanente de EE.UU. en los últimos cinco años.
- Usted es un cónyuge de un ciudadano de los EE.UU. que es uno de los siguientes: un miembro de las Fuerzas Armadas de EE.UU., un empleado de un instituto estadounidense de investigación reconocido por el Procurador General, un empleado de una organización internacional pública de la que los Estados Unidos es un miembro por ley o bien tratado, un empleado de una firma o corporación de propiedad estadounidense dedicada al desarrollo del comercio exterior o el comercio de los E.U., una persona que ejerce funciones ministeriales o bien sacerdotales de una confesión religiosa o una organización interdenominacional con una validez o bien presencia en los EE.UU., y ha sido un residente permanente de EE.UU. en los últimos 5 años.
Buena orientación en temas de inmigración “Muy buena atención de los abogados y el resto de los empleados. A cualquier hora que los necesitas te responden y con la sencillez de charlar en castellano. Muy profesionales y me han brindado buenísima orientación en temas migratorios. Estoy verdaderamente muy agradecida del equipo de trabajo de Lorenzo&Lorenzo P.A.” M. Diaz, Cliente verificado Deportación y Procedimiento de RevocaciónSi usted o bien un ser querido encara un proceso de deportación o bien de separación, su vida podría mudar por siempre. Usted podría perder la capacidad de permanecer con sus amigos y familia, mantener su empleo, y su vida con las libertades previstas en los U.S.A.. En esta situación, usted precisa efectiva representación de inmediato. Los abogados de Lorenzo y Lorenzo se esmeran para ofrecerle representación efectiva y personal contra dichos procedimientos de deportación. Llame hoy para una consulta sin costo con uno de nuestros abogados. Por lo general, hay 4 categorías generales que sirven de base para el inicio de procedimientos de deportación:
- Entrada al país sin la debida autorización, como una visa válida.
- “Violaciones de estado” las que se producen cuando un inmigrante viola las condiciones de su admisión o trabaja ilegalmente en los Estados Unidos
- Las personas con antecedentes penales o bien la pertenencia a ciertas organizaciones prohibidas
- La petición de asilo ha sido denegada
Hay varias formas de ayuda libres cuando se encara un proceso de deportación: el asilo, la retención de expulsión, cancelación de la salida, ajuste de estatus, el aplazamiento de la revocación, renuncia bajo la sección doscientos doce (c), 212 (h), doscientos doce (I), y otros. Cada una de estas formas tiene sus propios requisitos que deben cumplirse y los cuales se aplican estrictamente. Usted asimismo debe mostrar “elegibilidad discrecional”, lo que significa que cumple con los requisitos de la ayuda que se pide y asimismo que usted merece el género de alivio.
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